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27 Julio 2010

Determine fácilmente el salario mínimo a aplicar según los puestos de sus trabajadores

Archivado en: 2010, Julio, Noticias Master Lex — Etiquetas: — admin @ 16:56 pm —

Con vigencia a partir del 1 de julio del 2010 se publicó en el Diario Oficial La Gaceta el Decreto Ejecutivo No. 36073-MTSS,  que establece los salarios mínimos que deberán percibir los trabajadores del sector privado durante el segundo semestre del presente año.

La Máster Ana Lidia Retana, Presidente de la empresa AIREH S.A., (Asesoría Integral en Recurso Humanos, S.A.), especialista en recursos humanos y en cálculos laborales, nos autorizó a compartir una tabla actualizada por su representada, que contiene los salarios mínimos según las ocupaciones y oficios más usuales en el mercado laboral, en correspondencia con los perfiles ocupacionales aprobados por el Consejo Nacional de Salarios y publicados en la Gaceta Nº 233 de 5 de diciembre del 2000.

Es importante recordar que en este semestre se dispusieron dos tipos de aumento según categorías ocupacionales específicas, a saber,  el  4.2% para los trabajadores no calificados (TNC), los semicalificados(TSG) y calificados (TC), de modalidad de pago semanal, igual que para sus equivalentes genéricos, es decir, de modalidad de pago mensual, identificados en el decreto como Trabajador no calificado genérico (TNCG),Trabajador semicalificado genérico (TSCG) y Trabajador calificado genérico (TCG). Al resto de las ocupaciones se les autorizó un 3.96% de aumento.

En resumen, el aumento aplica del modo siguiente:

CATEGORÍAS OCUPACIONALES CON UN AUMENTO DEL 4.2%
EN EL II SEMESTRE DEL 2010
Elaborado por Asesoría Integral en Recursos Humanos, S.A.

Categorías de modalidad de pago semanal

Categorías equivalentes GENÉRICAS
en modalidad de pago mensual.

   TNC Trabajador no calificado      TNCG      Trabajador no calificado genérico
   TSC Trabajador semicalificado      TSCG      Trabajador semicalificado genérico
   TC Trabajador calificado      TCG      Trabajador calificado genérico

Modalidad de pago semanal

Modalidad de pago mensual

Definidos por jornada ordinaria (8 horas),
el pago puede cubrir hasta  26 días al mes.

Pago  mensual fijo por 30 días,
 o mensual con adelanto quincenal.
Todos los días del mes quedan remunerados.
.

Referencia:
Artículo 1.a , 3 y 7
del decreto de salarios mínimos.

Referencia:
Genéricos , artículo 1.b,  4 y 7
del decreto de salarios mínimos.


NOTA:
La equivalencia entre genéricos y no genéricos se da en la naturaleza de las funciones.
 La diferencia se da en cuanto a la modalidad de pago, en un caso semanal
 y en el otro mensual (o mensual con adelanto quincenal).

 

CATEGORÍAS OCUPACIONALES CON UN AUMENTO DEL 3.96%
EN EL II SEMESTRE DEL 2010

Todas las categorías ocupacionales  excepto  
TNC, TSC, TC
y sus equivalentes genéricos  TNCG, TSCG y TCG.

Con ayuda del listado por ocupaciones, al usuario se le facilitará ubicar el salario de distintas posiciones según la categoría, por ejemplo:

OCUPACIÓN

CÓDIGO

CATEGORÍA OCUPACIONAL

SALARIO MÍNIMO

Ayudante de cocina     

TSC

Trabajador semicalificado                   

¢7.832,71 / día

Bodeguero

TSCG

Trabajador semicalificado genérico                  

¢231.270,86 / mes

Electricista     

TC

Trabajador calificado                  

¢7.983,80 / día

Auxiliar de contabilidad     

TCG

Trabajador calificado genérico                  

¢243.325,76 / mes

Para ver el LISTADO DE SALARIOS MÍNIMOS POR OCUPACIÓN haga clic a continuación:

DESCARGAR LISTADO DE SALARIO MINIMOS POR OCUPACION

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11 comentarios »

  1. se agradece la información, mas al intentar accesar la información del link del listado por ocupaciones no es posible ver la totalidad sino solo una parte.-

    Podrìan reestablecer la información o el link para poder abrirlo completo?

    Muchas gracias

    Comentario por Cynthia Rodrìguez — 27 Julio 2010 @ 20:38 pm

  2. El listado adjunto llega hasta la “F” y no viene el teléfono de contacto de la empresa… aún si uno quisiera contactarlos no puede…

    Comentario por Lic. Ignacio Alfaro — 27 Julio 2010 @ 21:51 pm

  3. Efectivamente constatamos que la tabla de ocupaciones quedó truncada. Ya estamos adicionanado la información de la “G” en adelante. Dentro de pocos minutos podrán descargar el archivo completo. En cuanto al teléfono de la empresa AIREH para los interesados en contactarlos es 2278-6463/ 2278-6473. También al email

    Comentario por admin — 28 Julio 2010 @ 8:30 am

  4. El email de la empresa AIREH es info@aireh.net

    Comentario por admin — 28 Julio 2010 @ 8:32 am

  5. Me gustaría si por favor me pueden proporcionar la información respecto de la empleada doméstica, cuál es el salario mensual y cuál es el horario que por Ley, ellas deben cumplir para poder así determinar si se trabaja por horas cuanto sería el pago proporcional.

    Muchas gracias.

    Comentario por Licda. Raquel Mayers — 28 Julio 2010 @ 9:06 am

  6. Para un Asistente Legal que es Bachiller en derecho, en que rama caeria y cuanto seria el salario minimo

    Eugenia

    Comentario por Eugenia Esquivel — 28 Julio 2010 @ 13:22 pm

  7. NECESITO SABER CUAL ES LA TABLA DE LOS PROFESORES PRIVADOS YA QUE DONDE YO TRABAJO NUNCA NOS SUBEN EL SUELDO POR QUE DICEN QUE YA NOS PAGAN MAS DE LO QUE DEBERIAMOS GANAR. SOY PROFESORA DE SECUNDARIA Y GANO $300.00 Y TRABAJO DE 7 A 1PM.GRACIAS

    Comentario por jenifer lopez — 29 Julio 2010 @ 8:19 am

  8. De mucha utilidad esta ayuda. Gracias por la atención telefónica que también me brindaron con relación a la diferencia entre la empleada doméstica que nada más cuida a un adulto mayor (sin hacer los trabajos del hogar) cuyo salario se equipara al de la servidora doméstica, y la que es Asistente domiciliario para ancianos que es TE (trabajador especializado). También con relación al contrato laboral para la servidora doméstica

    Comentario por vinicio zamora — 29 Julio 2010 @ 15:57 pm

  9. respecto a salarios cual es salario de un conductor de ambulancia con certificado de asistente de primeros auxilios.

    un asistente de primeros auxilios entra como trabajador calificado.

    Comentario por marco antonio jimenez benavides — 29 Julio 2010 @ 16:02 pm

  10. Agradezco la información mostrada
    En relación a la clasificación como quedaría sujeta la siguiente situación

    1.Es un muchacho empleado de despacho que realiza adicionalmente servicios de mensajería y reparto express, dentro de las misma 8 horas ordinarias. Cuenta con licencia de moto al día, se le brinda la moto y seguros sobre ella.

    2. Como lo debo clasificar para el reporte a la CCSS y al INS?

    Comentario por MIGUEL SOLANO — 30 Julio 2010 @ 15:54 pm

  11. Sería factible que me ayudaran a diferenciar los que es un trabajador no calificado, semicalificado, calificado y especializado, gracias

    Comentario por Carlos Arce — 5 Agosto 2010 @ 8:32 am

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