i. Setiembre

En relación con el uso de papel de seguridad en autenticaciones y certificaciones de copia

Nos escribe sobre este particular el Dr. Herman Mora Vargas.   Transcribimos literalmente para los interesados en el tema, tomando en cuenta que de acuerdo con el aviso de la Dirección Nacional de Notariado, mañana 1 de octubre entran a regir las nuevas disposiciones.

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"Pienso que la función de dirección, inclusive de administración de una gestión humana, nunca es tarea  fácil. Se deben de considerar infinidad de alternativas y variantes que no siempre resultan sencillas a la hora de tomar una decisión. Además es fácil ser víctima de la crítica nociva y mordaz, que en el caso costarricense, últimamente se ha tornado  excesiva y en algunos casos, despiadada. Eso se puede concluir si analizamos con qué facilidad se critica a los políticos, y administradores del Estado, a veces  muy a la ligera y a mansalva.

En el caso que me ocupo, pienso en los señores miembros del Consejo Superior Notarial.    Ma...

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Sobre el debido proceso

Como en otras oportunidades, nos permitimos transcribir de nuestro estimable colega Herman Mora Vargas, la siguiente reflexión sobre el tema de la referencia:

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He escuchado, en varias ocasiones, a destacados profesionales manifestar que el debido proceso tiene paralizado a este país. Afirmación que si se le mira bien no es tan descabellada y encierra cierto grado de sentido.   Es claro que lo indicado se refiere al torpe y penoso tramitar, en general, de los procesos en nuestro país.

Ahora, desde una óptica, digamos, más universal, no es exagerado decir que el Debido Proceso es uno de las grandes logros de occidente. Parte angular de la civilización. Posiblemente, contemplando desde toda su dimensión, es el pilar primitivo de los Derechos Humanos.

Así, el concepto del debido proceso involucra comprensivamente el desarrol...

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Ahora sí … ocho días hábiles para presentar matrimonios al Registro Civil

El pasado 13 de agosto publicamos un aviso de la DNN en el cual recomendaba a los notarios presentar las fórmulas de matrimonio al Registro Civil dentro del plazo de ocho días naturales a partir de la realización del matrimonio.  Ver al respecto:   Ocho días naturales (no hábiles) para presentación de matrimonios civiles al Registro Civil

En virtud de reforma publicada en La Gaceta el pasado 17 de setiembre al Reglamento del Registro de Estado Civil, la DNN comunica ahora la posibilidad de considerar que los ocho días de plazo son efectivamente hábiles y no naturales pues así queda expresamente indicado en el texto reformado del artículo 28 de dicho reglamento, emitido por el Tribunal Supremo de Elecciones:

"Artículo 28.—Las personas facultadas para celebrar matrimonios deberán declararlos en las fórmulas que el Registro Civil emita para tales efectos y en el término de ocho días hábiles posteriores a su c...

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Traspasos destinados a vivienda y pago de timbre agrario

A raíz de nuestra nota sobre las tarifas diferenciadas de timbre agrario que corresponden ser pagadas en los traspasos de inmuebles según su naturaleza se destine a vivienda o no, nos han estado consultado de qué forma los registradores interpretan que un bien tiene esa naturaleza habitacional.

En consulta  a la Coordinación del Registro Inmobiliario nos recomendaron estudiar el contenido de la Circular RIM-023-2012.   Puede descargar su texto haciendo clic a continuación:    VER CIRCULAR RIM-023-2012

Se consideran bienes destinados a vivienda los que expresamente indiquen tal naturaleza en su descripción registral, por ejemplo,  lote con casa.   Igualmente, las propiedades afectadas al régimen de habitación familiar se consideran como destinadas a vivienda.   En ninguno de estos casos, resulta necesario que el notario dé fe de dicha condición.

Los "lotes para construir" segú...

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Autenticaciones de firma y certificaciones de copia ahora solo en papel de seguridad notarial

Con vigencia a partir del próximo 1 de octubre, la Dirección Nacional de Notariado acordó modificar el texto del artículo 32 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicios Notarial a fin de eliminar la dispensa en el uso del papel de seguridad que dicho numeral contempla al día de hoy:

Artículo 32. Excepciones al uso de papel de seguridad. Tratándose de certificación de copias, autenticación de firmas o huellas en documento privado, no es necesario el uso del papel de seguridad, salvo que la razón de certificación o autenticación, por su extensión, requiera el uso de papel de seguridad.

El nuevo texto del artículo 32 será el siguiente a partir de su entrada en vigencia el miércoles de la próxima semana:

Artículo 32. Uso de papel de seguridad en certificaciones de copias y autenticaciones de firmas o huellas digitales. La razón de certificación de copias, autenticación de firmas o huellas en documento privado debe realizarla el no...

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Elija con cuidado sus opciones de cálculo de timbres en TASABAN

Son frecuentes las llamadas de estimados suscriptores que tienen dificultad para encontrar en los listados de TASABAN las opciones de cálculo que correspondan exactamente a los actos que requieren inscribir en el Registro Nacional.     La duda surge sobre todo cuando los resultados en TASABAN son diferentes de los obtenidos en nuestros sistemas de Cálculo de timbres y honorarios:  Movilex, Master Lex Cálculos y Cálculos Web.

Lamentablemente muchas veces los usuarios nos contactan cuando ya han realizado el pago de los timbres en TASABAN, a veces por sumas mayores a las que por Ley tenían obligación de pagar y en otros casos, por sumas inferiores, con el inconveniente de que los documentos les son devueltos por los registradores con el defecto correspondiente.

Lo primero que resulta importante aclarar es que no siempre el nombre del cálculo en TASABAN se ajusta exactamente al acto o contrato que se requiere tasar.   Por...

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Determinarán constitucionalidad de plazo de tres años de separación de hecho para divorcio

La Sala Constitucional dio curso el pasado 27 de agosto a la acción No. 14-013474-0007-CO interpuesta por el Lic. Milton González Vega contra el inciso 8 del artículo 48 del Código de Familia, que en lo que interesa establece lo siguiente:

Artículo 48.-Será motivo para decretar el divorcio:   (...) 8.- La separación de hecho por un término no menor a tres años.

El Lic. González, a quien agradecemos habernos puesto al tanto de esta acción, fundamentó su recurso en el principio de autonomía de la voluntad  y en los artículos 10,33 y 51 de la Constitución Política y el 1 y 17 del Convención Americana sobre Derechos Humanos.

"La norma se impugna en cuanto establece un plazo para que la separación de hecho dé lugar al divorcio, cuando no hay voluntad de que exista la relación conyugal, mientras que otras causales, como el adulterio, no requieren del transcurso de un plazo para decretarse la disolución del...

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Sala IV anuló obligación de conductores de suministrar dirección electrónica vial

En abril del año pasado, los conductores y propietarios de vehículos se vieron en la obligación de suministrarle al COSEVI, alguna dirección electrónica en la cual pudieren serle notificadas infracciones o cualesquiera otros asuntos relacionados con sus automotores.  Se establecía además la obligación de actualizar anualmente dicha información y en caso de modificación, comunicarlo al COSEVI dentro del plazo máximo de diez días.

Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el art. 81 de la Ley de Tránsito.

Así lo informamos en nuestro comentario PROPIETARIOS Y CONDUCTORES DE VEHICULO DEBEN INFORMAR DIRECCION DE CORREO ELECTRÓNICO, el cual generó muchas opiniones en contra por carácter discriminatorio de la medida  en perjuicio de los conductores con poco o escaso acceso a Internet.

El pasado 11 de junio, la Sala Constitucional declaró con lugar, mediante voto No. 2014-008481, la acción presentada por la D...

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