Procedimiento para la obtención de las nuevas placas metálicas

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Por: Lic. Silvia Pacheco A.  (spacheco@masterlex.com)

En respuesta a las múltiples consultas que hemos recibido en los últimos días sobre el procedimiento para la obtención de las nuevas placas metálicas por parte de estimados suscriptores interesados en  evitarse y evitarle a sus clientes el  tener que realizar dicha sustitución cuando ya sea exigido como requisito para la circulación vehicular, nos permitimos reseñar los siguientes pasos, no sin antes agradecer al personal de la Dirección de Servicios Registrales y del Departamento de Placas Metálicas, quienes gentilmente nos instruyeron sobre este procedimiento:

1) El trámite debe ser realizado por el dueño registral del vehículo, sea persona física o bien el representante legal de las personas jurídicas.  En este segundo caso, si el automotor es propiedad de una organización o persona jurídica cuya información se encuentre ya incluida en el sistema digitalizado del Registro, NO es necesario aportar la correspondiente certificación de personería.  Pero si la información de la sociedad solamente consta en tomos, sí deberá el representante  aportar la respectiva certificación de personería con no más de dos meses de emitida.   En caso de existir una anotación de traspaso (defectuoso) el comprador es quien deberá realizar el trámite.     Pero si ya ha pasado un año desde la fecha de la anotación, por haber caducado, corresponderá nuevamente al dueño registral del vehículo realizar la solicitud de cambio de placas.

2) Si el dueño persona física o el representante legal,  no pudiera hacer el trámite en forma personal, deberá otorgar  poder especial en escritura pública.  El testimonio  original de este poder deberá presentarlo el apoderado conjuntamente con su cédula original.   Hasta el momento se ha exigido que dicho poder cuente además con la boleta de seguridad respectiva.  Si bien el Registro se encontraba reconsiderando la posibilidad de eliminar este requisito, nos confirman que sí se mantiene la exigencia de la boleta «azul» como medida de seguridad.    En el poder deberá señalarse con claridad que el apoderado se encuentra facultado tanto para solicitar  las placas como para retirarlas, así como la causa por la cual se solicita la sustitución de placas.   Recordemos que también por deterioro o extravío puede resultar necesario realizar el trámite, en cuyo caso deberá indicarse así en el poder.

3) La gestión se puede realizar en el Departamento de Placas, oficinas centrales del Registro Nacional (en Curridabat), Ventanillas de la 1-7 , de lunes a viernes, entre 8:00 – 3:30 p.m.     También se puede acudir a cualquiera de las siete oficinas regionales del Registro o bien a través de las 110 sucursales de Correos de Costa Rica.

4) Documentos  a aportar:

          4.1) Boleta de solicitud de placas, identificada con las siglas DSR 08,  la cual es entregada por los funcionarios de información propiamente en las sucursales del Registro o bien se puede descargar a continuación haciendo clic en el siguiente enlace:  DESCARGAR FORMULA DSR 08.

          4.2) Las placas metálicas que van a ser sustituidas.    (En caso de reposición de placas por extravío, debe aportarse además una declaración que cumpla con los lineamientos de la Dirección de Servicios Registrales.  Más detalles en el  Manual que al final de este comentario, puede accesar).

          4.3) Comprobante de cancelación de los derechos de Registro (timbre de Registro) requeridos para cubrir el costo de confección de las placas.   En el caso de los vehículos, dicho costo asciende actualmente a la  suma  de 15,000 y en el caso de las motocicletas, de 8,000, según se dispone en el oficio JARN-643-12-2011

          4.4)  De conformidad con el artículo 221 de la Ley de Tránsito deben aportarse constancias del Consejo de Seguridad Vial en las que se confirme que el vehículo se encuentra libre de infracciones.  Si se desea se puede también presentar el depósito realizado en las cuentas bancarias de dicha institución, a fin de que la información sea verificada directamente en el sistema del COSEVI.  Para la obtención de las nuevas placas así como cuando se trata de reposición por deterioro el monto a cancelar es de 1,200 colones (600 colones por cada constancia).  Cuando el motivo es el extravío, el depósito debe hacerse por la suma de 1,800 (900 colones por cada constancia).     Las cuentas del COSEVI en las que puede realizarse el depósito son las siguientes: en el Banco de Costa Rica : 001-64590-7  ó   001-70081-9.   En el Banco Nacional de Costa Rica, en la cuenta número 100-01-000-075830-0.

5) También es indispensable que el vehículo se encuentre al día en el derecho de circulación (marchamo), lo cual es constatado directamente por los funcionarios del Registro en el sistema, por lo cual no se requiere aportar copia del comprobante respectivo.  Encontramos el fundamento de este requisito  igualmente en el artículo 221 de la Ley de Tránsito vigente, No. 7331.

6) Para el retiro de las placas ya confeccionadas debe el interesado esperar entre 30 – 45 minutos.   Al momento de entregar los documentos se le indicará la hora exacta a partir de la cual podrá realizar el retiro.

Recuerde que el Registro Nacional es la única institución autorizada para emitir el Calendario o cronograma para la sustitución de placas de toda la flotilla nacional.   Por consiguiente, haga caso omiso de informaciones falsas que en estos días anteriores han circulado en los medios.   Cuando se publique dicho calendario oficial, se lo haremos de inmediato.

En caso de que requiera conocer el procedimiento a seguir cuando las placas deben renovarse por razones de deterioro, extravío o robo, o bien cuando se encuentran depositadas o se trate de la solicitud de placas por primera vez haga clic a continuación:    DESCARGAR MANUAL

Si desea más información sobre este tema de las nuevas placas metálicas puede ingresar a nuestros comentarios en este mismo blog:  ACERCA DE LA INFORMACION ERRONEA QUE ESTA CIRCULANDO SOBRE EL CAMBIO DE PLACAS y REQUERIRAN CAMBIO DE PLACAS METALICAS A LA TOTALIDAD DE VEHICULOS DEL PAIS.

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

61 de 62 Comentarios

  1. Richy • 05 enero, 2020

    En caso que el dueño del vehículo este muerto, como hago para solicitar las placas nuevas

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 05 enero, 2020

      Cuando el vehículo esté inscrito a nombre de un difunto, el autorizado para realizar el trámite será el albacea del proceso sucesorio debidamente inscrito en el Registro Nacional.

  2. Carlos • 26 abril, 2014

    Acaba de retirar las nuevas placas pero se me extravío la tercer placa la calcomania que problema hay con eso y como hago para obtener uno nuevo

  3. Günther Mohr • 11 septiembre, 2013

    Hoy efectúe la sustitución de placas, el trámite fue súper ágil, con un nivel de servicio y atención, excelente, es la primera vez que realizo una gestión sin Filas, tal como se hace en países europeos del primer mundo, felicidades al grupo de trabajo, muchas gracias.

  4. JUNIOR • 29 agosto, 2013

    Buenas, si un carro esta a nombre de dos personas ? como se hace en ese caso para obtener las nuevas placas ??’

  5. carlos villegas • 20 agosto, 2013

    yo tengo un poder sobre un carro autenticado por un abogado cuando lo compre se hizo un poder y no el traspaso yo puedo solicitar las placas?

    • Lic. Silvia Pacheco • 22 agosto, 2013

      El poder para realizar el cambio de placas debe decir EXPRESAMENTE que se autoriza al mandante a realizar esa gestión. Incluso debe autorizarlo a retirar las placas metálicas una vez que estén confeccionadas. Si el poder que le entregaron al momento de adquirir el vehículo no dice nada de ello, no servirá para este trámite de sustitución de placas.

  6. jose • 06 agosto, 2013

    buenas tengo una duda, solo el propietario del auto puede hacer el cambio de placas, si el carro no esta a nombre de uno hay traspasarlo o uno con el titulo puede, gracias

    • Lic. Silvia Pacheco • 07 agosto, 2013

      A José, solamente el dueño registral del vehículo puede solicitar el cambio de placas, de otra manera necesitará obtener un poder especial por parte de ese dueño. El poder debe ser autenticado por un notario público.

  7. Carlos Santamaria • 31 mayo, 2013

    Tengo entendido que ya no son necesarias las constancias de COSEVI, ni el pago previo de las mismas. ahora todo se puee hacer directamente en el Dpto de placas.

    Los tramites para el cambio solo pueden hacerce en la sede central o tambien en provincias.

    Gracias por adelantado por tan excelente servicio de informacion!!!

    • Lic. Silvia Pacheco • 04 junio, 2013

      Efectivamente ya las constancias del COSEVI no son requeridas. El cambio de placas también se puede hacer en las oficinas que tiene el Registro fuera del area metropolitana.

  8. marino araya • 16 mayo, 2013

    Gracias muy amables otra preguntita en alajuela tambien dan las placas en una hora o solo en sanjose

  9. marino araya • 16 mayo, 2013

    Buenas mi pregunta es la siguiente donde se saca la constancia de que mi carro no tiene partes y #2 si las placas de mi carro estan buen estado tambien es obligatorio cambiarlas y #3 cuando es la fecha limite indicada por el cosevi para todos los carros circulen con placa nueva OBLIGATORIA

    • Lic. Silvia Pacheco • 16 mayo, 2013

      A don Marino le indicamos lo siguiente: La constancia de que un vehículo no tiene infracciones se obtiene en COSEVI, sin embargo, de conformidad con los nuevos requisitos para el cambio de placas, el Departamento de Placas ya no está requiriéndolas pues la información es revisada directamente por ellos en el sistema de esa institución. Aún las placas en buen estado deben cambiarse por las nuevas placas que incluyen un sticker que se adhiere al parabrisas. Aparentemente será a partir de julio de este año que se obligue a los propietarios de vehículos a realizar el cambio de sus placas. Entendemos que para las placas terminadas en 1 y 2 se brindará de tiempo tres meses para realizar el cambio, y así sucesivamente.

  10. Patricia Vargas • 18 abril, 2013

    El depositante debe ser el propietario del vehiculo o pude ser una tercera persona he indicar el numero de placa Gracias

    • Lic. Silvia Pacheco • 27 abril, 2013

      A doña Patricia Vargas, quien realiza el trámite también puede ser un tercero pero con una autorización debidamente autenticada por un notario.

  11. Patricia Vargas • 18 abril, 2013

    A la hora de realizar el deposito de los 1.200 colones para lo de las constancias de COSEVI que detalle le indico al cajero .Gracias

    • Lic. Silvia Pacheco • 18 abril, 2013

      Con solo señalar que se está haciendo el depósito para las constancias del COSEVI, los funcionarios en la ventanilla de los bancos, saben el concepto que se debe establecer. No hace falta indicárselos.

  12. eder • 12 abril, 2013

    Buenas hace unos días me chocaron el carro Y en el choque se quebró el parabrisa, por ende el dichoso sticker. Quedó inservirble, pues. Ahora no se puede despegar y volver a usar. Tendré que pagar los 15mil colones nuevamente aunque tenga de prueba el parte y el pedazo de parabrisa donde está pegado.

    • Lic. Silvia Pacheco • 15 abril, 2013

      A don Eder nos permitimos señalarle que recientemente se aprobó la posibilidad de obtener duplicado únicamente del sticker sin necesidad de adquirir nuevamente las placas metálicas también. El costo, según nos señalan, es de 1,800 colones.

  13. María Elena Sibaja • 02 abril, 2013

    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente: mi carro está a nombre de mi esposo, él trabaja en Santa Ana y yo en San Pedro, por lo tanto, es más factible para mi realizar el trámite, entonces, el poder del que se habla en la sección de arriba es una carta dirigida al registro nacional o debe ser un poder emitido por un abogado o notario? Muchas gracias por su atención

    • Lic. Silvia Pacheco • 04 abril, 2013

      Efectivamente el poder que debe otorgar el dueño propietario del vehículo al tercero que realice el trámite de las placas debe contar con la autenticación de un notario.

  14. Tania Salazar • 20 marzo, 2013

    Se necesita sacar cita para obtener las nuevas placas??

    • Lic. Silvia Pacheco • 21 marzo, 2013

      A Tania nos permitimos aclararle que no se requiere sacar cita previa para el trámite de obtención de nuevas placas. Simplemente se presenta en cualquiera de las oficinas del Registro Nacional con los requisitos exigidos y en 45 minutos después de entregarlos, obtendrá sus nuevas placas.

  15. Gerardo Gonzalez Rojas • 28 febrero, 2013

    Cuando se reponen las placas por deterioro. ¿Es necesario presentar las placas danadas en el momento de hacer la gestión de reposicion?
    Gerardo Gonzalez

    • Lic. Silvia Pacheco • 04 marzo, 2013

      Efectivamente cuando las placas se reponen por motivo de deterioro tienen que aportarse conjungamente con el resto de documentos.

  16. Leonel Gutiérrez Atencio • 26 febrero, 2013

    Me complace felicitarlos por la información tan clara y completa que ponen a disposición del usuario en relación con el cambio de placas. Muchas gracias!
    Los insto respetuosa pero vehementemente a que estudien y resuelvan a la mayor brevedad, la posibilidad de cambio del último número de la placa para efectos de acomodarse con el trabajo u otros compromisos y la restricción vehicular vigente.

  17. Nidia • 20 febrero, 2013

    Tengo una duda: si pago para que mi placa sea Alfa-numérica, qué pasa si vendo el carro, el nuevo comprador debe dejar la placa tal como está. ?

    • Lic. Silvia Pacheco • 20 febrero, 2013

      A Nidia .. en efecto – en este momento – de acuerdo con la Ley, no sería posible para el comprador de su carro realizar el cambio de la placa a otra de su elección. Sin embargo, en el REgistro se está analizando la posibilidad de que las personas con vehículos ya inscritos puedan gestionar la asignación del número de placa de su preferencia. El documento apenas está en estudio del Departamento Jurídico del Registro Nacional.

  18. Carlos • 07 febrero, 2013

    Mi consulta es que actualmente no he pagado los impuestos de la personeria juridica de la cual tengo un vehiculo inscrito, aun asi siempre puedo hacer el cambio de las nuevas placas o me rechazan el tramite, gracias

  19. Mainor • 28 enero, 2013

    Mi stiker se dañó y quedo poco legible, un oficial de tránsito, puede multarme, aunque tenga todos los papeles al día, las placas en perfecto estado.

    • Lic. Silvia Pacheco • 29 enero, 2013

      El art. 4 de la nueva Ley de Tránsito dispone lo siguiente: d) La placa o las placas de matrícula. El MOPT fijará reglamentariamente la cantidad de placas que deberá llevar cada tipo de vehículo y el sitio visible en donde deberán ser colocadas. En cuanto a la multa que podría corresponderle encontramos que el inciso k) del art. 147 establece una multa de 20,000 para el propietario del vehículo que sea puesto en circulación con las placas reglamentarias en un sitio distinto del destinado para estas. Concretamente no se menciona el caso de que la placa esté deteriorada o rota, como es el caso del sticker, pero si éste no es visible en el parabrisas … pensamos que sí podría caber esta multa de 20,000.

  20. francisco azofeifa • 15 enero, 2013

    la boleta de solicitud de placas se presenta previamente o lo puedo hacer en el mismo Registro en el momento que llego a solicitarlas.

    • Lic. Silvia Pacheco • 16 enero, 2013

      La boleta de solicitud de placas se puede llenar en el Registro o bien llevarla llena desde antes. Se entrega junto con los demás documentos y comprobantes. En el Registro la proporcionan. En realidad es una fórmula muy pequeña y sencilla de llenar.

  21. Jose • 13 enero, 2013

    Muchas gracias por la información, yo tengo otra consulta. Mi vehículo ya cuenta con las nuevas placas, sin embargo tuve que cambiarle el parabrisas y mi sticker a la hora de quitarlo se me dañó. Entonces mi pregunta es como o qué debo hacer para conseguir un sticker nuevo, tengo que pagar otra vez?

    • admin • 14 enero, 2013

      Al momento de realizar el cambio de placas, los funcionarios en ventanilla advierten que de producirse algún daño al sticker, deberá el interesado pagar nuevamente el trámite por la reposición total de las placas. No es posible obtener únicamente el sticker. Vamos a tratar de encontrar el fundamento legal de esta disposición. De otro modo, será mejor que se comunique directamente al Departamento de Placas del Registro de Muebles para realizar la consulta.

  22. michelle garcia • 11 enero, 2013

    Para los vehiculos que ya estan inscritos hay alguna fecha indicada la obligatoriedad de cambiarlas.

    • admin • 14 enero, 2013

      Todavía el Registro no ha definido el calendario para el cambio obligatorio de placas. Estamos a la espera de la información para hacérsela saber a todos.

  23. Maximuz • 09 enero, 2013

    Buen día,

    Gracias por la información.

    Para este año 2013.
    El proceso sigue siendo el mismo?
    Es posible personalizar el número de la placa, por ejemplo ABC-001?

    En mi caso, he logrado programar mi horario de trabajo con el día q tengo restricción, para no afectar mis funciones.

    Saludos,

    • admin • 10 enero, 2013

      A Maximuz nos permitimos indicarle que la obligación de adquirir las nuevas placas para todos los automotores del país sigue existiendo, aunque todavía el Registro no publica las fechas en las que empezará a exigirse obligatoriamente dicha resposición. En este momento el trámite puede realizarlo voluntariamente cualquier interesado. sobre la posibilidad de personalizar la placa, solamente existe para los vehículos NUEVOS que estén en vías de inscripción en el Registro, no así para los que ya cuentan con placas asignadas.

  24. Guiselle • 14 noviembre, 2012

    Me parece excelente la información brindada en esta página, pues me puse a navegar, para investigar acerca del cambio de placas y me siento feliz de haber encontrado esta información tan completa, gracias

  25. maicol • 30 octubre, 2012

    donde tengo q cancelar los 15000 colones y la constancia de infraciones donde la retiro? soy de grecia

  26. Paulina • 18 octubre, 2012

    Si esta en leasing ?

  27. OSCAR • 28 septiembre, 2012

    gracias por el servicio,
    mis placas fueron decomisadas en guapiles hace mas de dos meses, se podran retirar en cosevi de limon o uruca,
    o ya estan destruidas cual será el tramite para estipo de cosas
    gracias

  28. María R • 21 septiembre, 2012

    En la oficina de Correos de Costa Rica en Alajuela podría hacer el trámite para el cambio de placas?

  29. alfredo rodriguez l • 03 julio, 2012

    Agradecido con este servicio, ya baje la boleta y mañana voy a cambiar las metalicas aqui en alajuela

  30. Juanca • 22 junio, 2012

    Que pasa con los de Carga Liviana, la placa cambia tambien a 3 letras y 3 dígitos o es diferente?

  31. Michael Alfaro • 28 mayo, 2012

    Muy buenas. Vi en dos de sus articulos que los calendarios para el cambio aun no estan establecidos. No obstante, yo puedo acercarme hoy mismo a alguna sede a realizarlo aun siendo mi vehiculo particular placa 8? o debo esperar a que el calendario sea publicado y adecuarme a las fechas de mi placa?

    Saludos a todos,

    • admin • 28 mayo, 2012

      Más bien la recomendación es no esperarse al calendario para realizar el cambio de placas sino hacerlo antes de que sea exigido, pues probablemente sea mucha más la gente que acuda a realizar el trámite cuando ya sea obligatorio, lo que incrementará el tiempo de espera, filas, etc.

  32. Didier Godinez • 28 mayo, 2012

    si uno puede elegir letras y numero de la nueva placa que pasaria si por ejemplo mi placa termina en ocho y yo pido que termine en cuatro entonces que pasaria con la revision tecnica

    • admin • 28 mayo, 2012

      La posibilidad de elegir número de placa solo existe para vehículos de primera inscripción en el Registro y para aquellos que cambien categoría. En estos segundos casos, en los que ya contaban con placa, efectivamente, la restricción vehícular del automotor seguiría siendo para el «nuevo» último dígito elegido por el interesado.

  33. Guillermo Murillo • 23 mayo, 2012

    Excelente información pero no me queda claro lo de presentar comprobante de que el vehículo no tiene infracciones porque si bien el procedimiento parece muy ágil, creo que si es necesario ir a la Uruca a pedir este comprobante, esto entorpecerá el trámite porque sabemos de sobra lo tedioso que es ir a esa dependencia no solo por lo que se dura allí en cada diligencia cuanto por la dificultad que representa para los que trabajamos el tener que ir a ese lugar.. Creo que se debería buscar otra forma para evitar este obstáculo.

    • admin • 24 mayo, 2012

      En relación con las constancias del COSEVI se ofrecen las dos alternativas: que el interesado las aporte propiamente después de obtenerlas en esa institución, o bien que deposite la suma de 1,200 colones (o de 1,900 en caso de extravío) en las cuentas bancarias del COSEVI, sea en el BCR o en el BNCR, y aporte el comprobante de depósito, con lo cual, los funcionarios del Registro realizarán la consulta directamente en el sistema informático para confirmar que el vehículo se encuentre libre de infracciones.

  34. Licda. Rosario Gonzalez • 23 mayo, 2012

    Excelente y muy completa la información. Muchas gracias,

  35. Harold González • 23 mayo, 2012

    Donde puedo obtener las constancias del Consejo de Seguridad Vial en las que se confirme que el vehículo se encuentra libre de infracciones. Hay que ir al Cosevi en la Uruca, o hay otro mecanismo?

  36. Roxana Figueroa • 23 mayo, 2012

    Para solicitar la asignación específica de un número de placa, hay alguna limitación?, y en el caso del poder, el otorgante podría indicar ahí expresamente cual es el nñumero que solicita? Gracias,.

  37. rafael lopez campos • 23 mayo, 2012

    También a los vehículos con placas CL o C. se les está requiriendo el cambio de placas.

    cual es el procedimiento para obtener placas escogidas, cuando quiero escoger las letras y números…

    cuál es el recargo.

    gracias

    • admin • 23 mayo, 2012

      En relación con la posibilidad de elegir la placa, pueden referirse al comentario que sobre este particular hicimos en febrero de este año, denominado: REGISTRO HABILITA NUEVO SERVICIO PARA LA ELECCION DEL NUMERO DE PLACA en el siguiente link: http://www.puntojuridico.com/?p=1585 Importante recordar que la posibilidad de elección de placas es UNICAMENTE para vehículos que se vayan a inscribir por primera vez o aquellos que cambien de uso o categoría. En otra palabras, vehículos inscritos que ya cuentan con placa no pueden solicitar el cambio de la misma. En cuanto a si también los vehículos de Carga Liviana o los de Carga deben realizar el cambio de sus placas metálicas, en el comunicado del Registro publicó la semana pasada para aclarar que es la única institución autorizada a establecer las fechas en las que obligatoriamente deberá realizarse la sustitución, señaló que los vehículos particulares, los de carga y carga liviana probablemente se vean obligados a realizar el cambio a partir del 2013. En el segundo semestre del presente año, serán las flotillas de autobuses y la de taxis la que debarán realizar la renovación.

  38. Maria Lourdes • 23 mayo, 2012

    asi quisiera uno que todos los tramites fueran expeditos y en orden, no esperr para ultimo dia, cuando no hay mecanismos para cunplirlos y es el desorden y descontrol. gracias.

  39. Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas • 23 mayo, 2012

    De verdad es importante tratar de sacar estas placas ya … y no hacer lo de siempre de dejar todo para el final, cuando las filas son larguísimas y se pierde un montón de tiempo! Gracias por la información.

  40. Efraín López • 15 mayo, 2012

    Excelente la información.

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