A partir de hoy: plazo definitivo para sociedades incumplidoras RTBF 2019
De acuerdo con lo que habíamos indicado la semana pasada, aparece publicado en La Gaceta de hoy, el siguiente aviso del Ministerio de Hacienda confiriéndole a las sociedades que todavía no han presentado la Declaración Ordinaria 2019 del Registro de Accionistas (RTBF), un plazo final y definitivo de tres días hábiles prorrogable por otros tres días hábiles, para que cumplan con esta obligación sin pago de multas , ni otras sanciones.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
La Dirección General de Tributación, según lo establecido en la resolución Nº DGT-R-005-2020 de las ocho horas y cinco minutos del 19 de marzo de 2020, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 61 del 26 de marzo de 2020, comunica que se ha publicado en el sitio web del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.go.cr) la lista de los obligados tributarios que al 16 de abril de 2020, no han suministrado la información al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.
En este acto, conforme lo establece la resolución citada en el párrafo anterior y en cumplimiento de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se apercibe a todos los sujetos que han incumplido con la obligación de suministrar la información descrita para que, en el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de este edicto, cumplan con el suministro de dicha información de conformidad con la normativa establecida.
Además, se concede, con base en la autorización otorgada en el artículo 3º de la citada resolución y sin que sea necesario realizar una solicitud previa por parte del obligado al suministro de información, prórroga automática de 3 días hábiles adicionales para aquellos obligados tributarios que al vencimiento del plazo de los primeros 3 días hábiles mencionados en el párrafo anterior, no hayan cumplido con el suministro de la información.
Para la presentación de la declaración, se puede ingresar a la página www.bccr.fi.cr, sección Central Directo, apartado RTBF o desde la página web del Ministerio de Hacienda www.hacienda.go.cr, apartado RTBF.
Publíquese una vez.—San José, a las 9:40 horas del 2 de abril de 2020.—Priscilla Zamora Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 4600032038.—Solicitud Nº 193153.—( IN2020450529 ).
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En este momento aparece publicada en la página web del Ministerio de Hacienda la siguiente LISTA DE SOCIEDADES INCUMPLIDORAS. Se indica que la información del listado fue actualizada el 8 de abril pero que volverá a serlo el día de hoy, 16 de abril del 2020. De una revisión rápida hemos podido constatar que sociedades disueltas o fusionadas que aparecían como incumplidoras en el listado original publicado el 1 de abril, ya no aparecen en este nuevo listado.
Hace unos días causó mucha preocupación el hecho de aparecer contenidas en ese primer listado sociedades que ya habían sido disueltas o fusionadas el año pasado o en las semanas que llevamos del presente año. En un primer momento Hacienda comunicó que únicamente las sociedades que hubieses adquirido ese estado antes del 31 de diciembre del 2019 quedaban eximidas de presentar la Declaración 2019. Sin embargo, luego se modificó tal criterio para disponer que también quedarían excluidas del listado las sociedades disuelta o fusionadas durante este 2020. (Puede leer más al respecto en nuestra nota)
Por consiguiente, de acuerdo con nuestros cálculos, vencerá el próximo viernes 24 de abril (inclusive) este plazo de 6 días hábiles que como última oportunidad tienen las sociedades que no hayan presentado al día de hoy la Declaración Ordinaria del RTBF correspondiente al año 2019.
La Declaración Ordinaria 2020 deberá presentarse el próximo mes de setiembre, incluyendo las sociedades que recién se hayan constituido y que se constituyan durante el presente año.
Alejandro Segura • 02 junio, 2020
Hola,
Entiendo que la lista se publicó en La Gaceta N° 82 del 16 de abril de 2020. No obstante, la busqué en línea pero no aparece nada sobre la publicación.
¿Me podría guiar por favor?
Gracias,