¿Puede un acuerdo de Corte Plena suspender los plazos procesales?
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"La Corte Plena en sesión 15-2020 del 20 de marzo del 2020 acordó entre otras disposiciones referentes a regulación de los servicios judiciales con motivo a la situación que vive el país en relación a la pandemia del Covid 19, en el inciso G: tener por suspendidos todos los plazos procesales.
Porteriormente en la sesión 18-2020 del 2 de abril del 2020 la Corte Plena acordó – en lo que personalmente consideramos una corrección al grave error incurrido en la sesión 15-2020 - derogar el inciso G de la sesión 15-2020 ¨toda vez que todos los órganos administrativos y auxiliares se encuentran obligados a mantener la continuidad de servicios ¨.
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