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En trámite, nuevo proyecto de Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas

El Presidente Luis Guillermo Solís presentó a la corriente legislativa, el pasado 2 de diciembre, el proyecto de Ley No. 19818, consistente en una nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas.  La norma derogaría totalmente la Ley 9024, que como sabemos, fue declarada parcialmente inconstitucional, lo que eliminó el cobro del tributo a partir del próximo 2016.

Para conocer el texto completo haga clic a continuación DESCARGAR PROYECTO 19818

Nos permitimos a continuación algunos breves comentarios.

PERIODOS DE GRACIA

Entre los transitorios del proyecto de ley vale mencionar un plazo de gracia de tres meses para todas aquellas sociedades que se encuentren morosas, para que cancelen las sumas adeudadas sin pago de intereses, ni multas.  Además se conferiría un nuevo plazo de seis meses para que las sociedades que hayan estado inactivas ante la Tr...

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Conozca el texto del nuevo Código Procesal Civil

El Dr. Sergio Artavia, profesor universitario y reconocido especialista en materia civil, contenciosa y arbitral, gentilmente nos facilitó el texto aprobado por el Plenario Legislativo del nuevo Código Procesal Civil, el cual regirá a los treinta meses de su publicación en La Gaceta.

VER TEXTO NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL

En octubre de 2013, publicamos algunos comentarios del Dr. Artavia,  sobre la redacción que tenía el proyecto de ley en aquel momento. Si bien se mantienen vigentes algunos de los temas analizados, don Sergio se ha ofrecido para brindarnos una versión más actualizada de los mismos. En cuanto nos la haga llegar, la publicaremos en este medio para el conocimiento de todos los interesados.

http://www.puntojuridico.com/sobre-el-nuevo-codigo-procesal-civil-2013/http://www.puntojuridico.com/sobre-el-nuevo-codigo-procesal-civil-parte-ii/...

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Poder Judicial de asueto próximo viernes

Al igual que los últimos años, el Consejo Superior del Poder Judicial acordó trasladar el disfrute del asueto de mañana, 8 de diciembre con  motivo del  "Día del Servidor Judicial", para el viernes 11 de diciembre, fecha en que los despachos judiciales cerrarán, con las salvedades de costumbre para la atención de los días feriados.Así se dispuso en sesión No. 88-15 celebrada el pasado 1 de octubre de 2015....

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Habilitan pagos de períodos morosos por orden de antigüedad del impuesto a las personas jurídicas

En la plataforma del Banco de Costa Rica (www.bancobcr.com), único ente autorizado para recaudar el impuesto a las personas jurídicas,  resulta posible ahora realizar el pago , en forma independiente,  de cada período adeudado por orden de antigüedad.    Anteriormente los contribuyentes estaban obligados a cancelar el total de este tributo, así fuera un solo período o los cuatro períodos al cobro desde su creación en el año 2012.

Dicha restricción del sistema había sido muy cuestionada por contravenir lo dispuesto en el art. 39 del Código Tributario que obliga a la Administratación Tributaria a recibir pagos parciales.

De esta forma, se facilita a las sociedades morosas la posibilidad de ir cancelando los períodos adeudados conforme su capacidad de pago de les permita, evitando así que por lo menos en esos períodos, se sigan acumulando las multas correspondientes.

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Verifique correctamente el valor fiscal de los vehículos a ser traspasados

Nos han estado consultando sobre el valor fiscal que el Registro de Muebles tomará en cuenta para la tasación de timbres e impuestos de transferencia en las escrituras de traspaso que se presenten al Diario a partir de mañana 1 de diciembre.

La duda surge en razón de que el valor fiscal de muchos vehículos, especialmente de modelos un poco antiguos, aparecen tanto en el sistema Car-tica del Ministerio de Hacienda (http://www.hacienda.go.cr/autohacienda/AutoConsulta.aspx), como en el portal del INS (http://marchamo.ins-cr.com/Marchamo/Marchamo/frmConsultaMarchamo.aspx ) con un monto mayor al que se visualiza en los correspondientes estudios de registro en el portal www.rnpdigital.com

Preocupa el tema pues si los registradores parten del valor que Hacienda está reportando para esos vehículos y los interesados, por el contrario, utilizan el que aparece en el Registro, las escrituras de traspaso serán devueltas con el ...

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Próximo martes exigirán marchamo del 2016 en trámites registrales

Recuerde que a partir del próximo martes 1 de diciembre  se exigirá, como requisito de admisibilidad en la tramitación de documentos relativos a vehículos automotores, buques o aeronaves, el pago del derecho de circulación, mejor conocido como marchamo, correspondiente al período 2016.

 Al igual que todos los años, esta medida se toma en razón de iniciar el cobro del impuesto a la propiedad de estos bienes muebles, el 1 de diciembre según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de 7088. De manera que, encontrándose contenido el pago de dicho impuesto, en el caso de los vehículos, en el marchamo o derecho de circulación, deben los interesados en la inscripción de traspasos u otros movimientos registrales, cumplir con el pago correspondiente al marchamo del nuevo período también a partir de esa fecha.

En lo que respecta a si debe presentarse conjuntamente con los documentos de inscripción respectivos el comproba...

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Partes de tránsito podrán apelarse por correo electrónico

Desde la semana pasada, los conductores pueden apelar las multas de tránsito impuestas en su contra, ya sea por correo electrónico o por fax.

Se publicó el 17 de noviembre en La Gaceta, el Reglamento para la utilización de medios electrónicos en el procedimiento de impugnación de boletas de citación.   Para conocer su texto completo haga clic a continuación  (Descargar Reglamento)

Antes de dicha fecha, las apelaciones solamente se podían tramitar de manera presencial en alguna de las doce sedes del Consejo de Seguridad Vial.

Recuerde que el plazo para presentar estas impugnaciones es de 10 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la confección de la respectiva boleta.  De no darse la presentación en dicho plazo, la impugnación se tendrá por no interpuesta, igual que si se  incumplen los siguientes requisitos.

Requisit...

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Sistema de Garantías Mobiliarias violentaría principios de igualdad y neutralidad tecnológica

Mediante resolución de las 10:02 hrs del pasado 13 de noviembre, la Sala Constitucional confirió audiencia al Ministerio de Ciencia y Tecnología y Telecomunicaciones así como al Registro Nacional para que se refieran al recurso de amparo formulado por el Lic. Jaime Amador Hasbun contra el Sistema de Garantías Mobiliarias, creado al amparo de la Ley 9246 y en operación desde mayo de este año.

Alega el recurrente que el acceso a dicha plataforma mediante firma digital, está vedado a los usuarios del sistema operativo Macintosh lo cual es violatorio del Principio de Igualdad consagrado en el art. 33 de la Constitución Política.  Se contravienen además los Principios de Neutralidad Tecnológica y de Interoperatividad al imponerse exigencias técnicas que limitan injustificadamente la utilización del sistema solo a los usarios de Windows.

El Registro Nacional contestó que siendo el MICITT el órgano administrador, cer...

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