c.Marzo

Sociedades civiles vs sociedades mercantiles

Con la entrada en vigencia de la polémica Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas en marzo de 2011, muchos notarios empezaron a recomendar a sus clientes la utilización de sociedades civiles para la inscripción de sus bienes muebles e inmuebles, en razón de encontrarse, precisamente, exoneradas del pago de dicho tributo.

Aunque las sociedades mercantiles llevan implícito el desarrollo de una actividad lucrativa, tradicionalmente también se les ha dado un uso tendiente a la mera tenencia y protección de bienes familiares, de privacidad del patrimonio y hasta de simplificación de procesos sucesorios. Desde este punto de vista es válido cuestionarse si existen otras figuras legales, tales como las sociedades civiles, que se adapten mejor a los fines indicados, sobre todo ahora que se declaró la inconstitucionalidad del impuesto a las personas jurídicas.

Sobre este tema agradecemos los siguientes comentarios del Lic. Fern...

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Integración paritaria de las Juntas Directivas de las Asociaciones

Recientemente la Sala Constitucional emitió el voto 004630-2014 mediante el cual analiza la constitucionalidad de la reforma que introdujera la Ley No. 8901, publicada en diciembre de 2010 a la Ley de Asociaciones No. 219, a la Ley de Asociaciones  Solidaristas No. 6970, a la Ley de Desarrollo de la Comunidad y a los artículos del Código de Trabajo referentes a las asociaciones sindicales, en tanto prescribió que en el supuesto de que el órgano de gobierno se encuentre conformado por un número impar de miembros, la diferencia entre el total de hombres y mujeres no puede ser superior a uno.

La medida tuvo como objetivo garantizar una representación equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de gobierno de todas estas asociaciones.

En voto extenso y fundamentado, la Sala IV llega a las siguientes conclusiones:

1) Más que constituir una medida de discriminación inversa o compensatoria, con la reforma cuestionada se ...

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Dos votos recientes de la Sala Constitucional sobre temas laborales

Nos parece importante la divulgación de dos votos recientes de la Sala Constitucional sobre situaciones que con frecuencia se presentan en el ámbito laboral:

OTORGAR PERMISOS PARA ACOMPAÑAR A FAMILIARES A CITAS MÉDICAS ES FACULTAD DEL PATRONO

Expediente: 14-015714-0007-CO Sentencia: 018314-2014 Recurso de amparo contra la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL. El recurrente alega que se infringen sus derechos fundamentales, al no otorgársele permisos para asistir a citas de familiares. Indica que cuando se encuentra en el turno de noche tampoco le brindan permiso para acompañar a citas médicas a la bebé, con la justificación de que la cita es por la mañana; no obstante, no toman en cuenta que sale del turno a las 6:00 a.m. y debe recoger a la bebé en la casa, con horas de sueño disminuidas, que posteriormente pueden afectar su jornada laboral. En cuanto a este cuestionamiento, esta Sala considera que la autoridad recurrida no infringe los derechos funda...

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