O. 2010

RIGE A PARTIR DE HOY NUEVO ARANCEL DE HONORARIOS DE ABOGADO Y NOTARIO

Con vigencia a partir de hoy, aparece publicado en La Gaceta el Decreto Ejecutivo No. 39078-JP el cual consiste en un nuevo Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado. Se deroga por consiguiente el Decreto No. 36562-JP que rigió a partir del 18 de mayo de 2011 y hasta el día de ayer.Constatamos, en una primera revisión. cambios importantes no solo en los montos fijos de honorarios establecidos para ciertos actos y contratos, sino también en las tarifas generales que deben ser aplicadas en los procesos judiciales así como en la labores notariales.De inmediato iniciamos la actualización de nuestros sistemas de cálculo de timbres y honorarios para poderles ofrecer resultados 100% ajustados a estas nuevas disposiciones.  Les informaremos cuando hayamos completado esta labor.A continuación podrá descargar el texto completo de este nuevo Arancel a fin de que pueda enterarse y aplicar las nuevas tarifas que rigen a partir de hoy.

DESCARGAR TEXTO NUEVO ARAN...

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Reuniones de finca también se tasarán sobre valor fiscal

El pasado 24 de setiembre,  la Dirección General de Tributación emitió la Directriz DGT-R-017-2012  mediante la cual estableció el mecanismo que tendrían que seguir en lo sucesivo, los interesados en actos de segregación y venta de lotes, para establecer el valor de dichos inmuebles a efectos de tasar correctamente  los timbres e impuestos de traspaso.

En aquel momento, varios estimados participantes del blog comentaron con extrañeza el que no se hubiera contemplado en forma expresa en la directriz indicada, los casos de REUNIONES DE FINCA, ni los de  CONSTITUCION DE CONDOMINIOS, en los que se presentan situaciones de valoración similares a las segregaciones de lotes.  Algunos mencionaron incluso que no consideraban posible la aplicación analógica de la Directriz a estos casos no contemplados.

Sin embargo, con fecha 26 de setiembre, el Registro Inmobiliario emitió la Circular RIM-019-2012 estableciendo lo siguiente:

Nuevas regulaciones para desalojos administrativos

El pasado viernes, se publicó en La Gaceta un nuevo REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE DESALOJOS ADMINISTRATIVOS PRESENTADOS ANTE EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, Decreto Ejecutivo No. 37262-MSP del 14 de julio del 2012.

De esta forma se establecen por primera vez en un reglamento específico sobre el tema, los pasos que deben seguir  los interesados en  realizar desalojos en caso de ocupaciones ilegítimas o desautorizadas.

Si desea conocer su texto completo, descárguelo a continuación: REGLAMENTO PARA EL TRAMITE DE DESALOJOS ADMINISTRATIVOS ANTE EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA

CASOS EN LOS QUE PROCEDE EL DESALOJO ADMINISTRATIVO

Expresamente se señala que procederá el desahucio administrativo en los casos establecidos en los artículos 305 del Código Civil, 455 del Código Procesal Civil, 7 y 74 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Sub...

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Proponen conformación de una Unión Costarricense de Notarios

Nos permitimos copiar a continuación, invitación que extiende el Dr. Herman Mora Vargas a los notarios interesados en conformar una asociación para la sesoría y defensa del notariado en Costa Rica. Si desea contribuir con sus opiniones o comentarios a esta iniciativa del Dr. Mora puede hacerlo al final de esta nota en el campo de COMENTARIOS.

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» Discusición judicial sobre la posibilidad de que notarios institucionales puedan otorgar escrituras de formalización de créditos podría estar generando confusión.

Recientemente algunas entidades financieras han efectuado publicaciones en la prensa nacional sobre el otorgamiento de créditos sin pago de honorarios de notario.   Ante esto,  la Dirección Nacional de Notariado hace del conocimiento de todos los notarios del país, así como de las instituciones públicas y privadas y del público en general, el acuerdo 2012-014-005 tomado por el Consejo Superior Notarial en sesión del 27 de junio del año en curso.     (DESCARGAR AVISO DE LA DNN)

Nos permitimos resumir a continuación los puntos abarcados en dicho acuerdo.

1.- Las tarifas de honorarios, sus modalidades y condiciones aplicables al cobro de los servicios profesionales que prestan los abogados y notarios son fijadas por la Junta Directiva del Colegio d...

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Sobre el documento de identificación DIMEX para extranjeros

Se conoce como DIMEX al Documento de Identidad Migratoria para Extranjeros con el que desde el 2008 se empezó a dotar a los foráneos legalmente establecidos en nuestro país.  Consiste en una identificación de doce dígitos que cuenta con la fotografía y la firma del portador.

Según las autoridades migratorias ha ayudado a disminuir los fraudes bancarios por suplantación de identidad de extranjeros al encontrarse entrelazados los sistemas informáticos de los bancos con los de la Dirección General de Migración y Extranjería, permitiendo chequear la firma y fotografía de los portadores del DIMEX.

La semana pasada se comentó mucho sobre este tema en los medios, debido a la entrada en vigencia, en enero de este año, del Reglamento General sobre Legislación contra el Narcotráfico, Actividades Conexas, legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y delincuencia organizada, Decreto Ejecutivo No. 36948-MP-SJ-JP...

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Ahora sobre las sociedades ya constituidas. Pago del nuevo impuesto a las personas jurídicas

En nuestros últimos comentarios nos hemos referido al pago de este  nuevo impuesto en los actos de constitución de nuevas sociedades.  Trataremos ahora de abarcar un poco el tema pero referido a las personas jurídicas mercantiles ya inscritas en el Registro.

En primer lugar es importante señalar que en la siguiente dirección de Internet     https://www.rnpdigital.com/shopping/consultaDocumentos/consultaMorosidadPJ.jspx  ubicada dentro de la nueva página web del Registro Nacional  (www.rnpdigital.com)  se puede conocer sin ningún costo  la calificación dada por Tributación a cada sociedad, ACTIVA o INACTIVA, con la correspondiente suma a pagar por concepto de este tributo.     Igualmente, se obtiene el dato de aquellas sociedades no consideradas contribuyentes del mismo, sea por cuanto se encuentran disueltas o bien calificadas como micro o pequeñas empresas e inscritas como tales ante el Ministerio de Economía, Industria y ...

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Asuntos pendientes con la entrada en vigencia de nuevo recurso de apelación en materia penal

El pasado 9 de diciembre de 2011 entró en vigencia la Ley 8837, Ley de creación del recurso de apelación de la sentencia, otras reformas al régimen de impugnación e implementación de nuevas reglas de oralidad en el proceso penal.

Según aviso publicado por la Corte Suprema de Justicia, en atención de lo establecido en los Transitorios I y III de la norma antes indicada,  debe tenerse en cuenta lo siguiente:

» Procesos penales con recursos de casación no resueltos al 9 de diciembre de 2011, continuarán su tramitación ante la Sala Tercera y los Tribunales de Casación Penal.

» Solamente, aquellos recursos de casación no resueltos en los que se hubiere alegado la violación del artículo  8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, podrán readecuarse a recursos de apelación de conformidad con la Ley 8837.  Los recurrentes dispondrán para ello del plazo de dos meses...

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