l. Diciembre

Registro Nacional define procedimiento para legalización de libros

El Registro de Personas Jurídicas emitió ayer la Circular Administrativa No. D.R.P.J. -010-2012  en la que instruye a los coordinadores y registradores  sobre el procedimiento que a partir del próximo 7 de enero deberán seguir para la legalización de los libros de actas de Asamblea de Socios, de Registro de Socios y de Consejo de Administración, éstos últimos en caso de sociedades anónimas.

Es así que dentro del plazo conferido al efecto, el Registro Nacional asume esta nueva función según le fuera encomendada mediante reforma introducida al artículo 263 del Código de Comercio por la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria No. 9069.

Si desea conocer el texto de la Circular así como del Reglamento que sirve de fundamento a la misma, descárguelos  haciendo clic sobre sus nombres:  CIRCULAR D.R.P.J-010-2012 y Reglamento para la legalización de libros emitido por la Junta Administrativa del Registro Nac...

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Definidas también tarifas del impuesto a las personas jurídicas a pagar en enero de 2013

Con la determinación del salario base del Auxiliar Administrativo 1 por parte del Consejo Superior del  Poder Judicial en la suma mensual de ¢379,400 colones, resulta posible establecer las sumas que deberán pagar por concepto de este nuevo impuesto  tanto las sociedades mercantiles  ya existentes como las sociedades nuevas que se constituyan a partir del próximo año.

Si desea ver nuestro comentario sobre este particular haga clic a continuación:  DEFINEN SALARIO BASE PARA APLICACION DE PENAS, MULTAS E IMPUESTOS EN EL 2013

EN EL CASO DE LAS SOCIEDADES YA CONSTITUIDAS

De conformidad con el art. 3 de la Ley 9024, corresponde a las sociedades ACTIVAS pagar un importe equivalente al 50% del salario indicado, el cual quedaría por consiguiente en la suma de  ¢189,700 colones.  Las sociedades INACTIVAS pagarán la cantidad de ¢94,850 equivalente al 25% de ese mismo salario base.

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Definen salario que servirá de referencia para aplicación de penas,multas e impuestos en el 2013

Mediante Circular 191-2012 se comunica a todas las autoridades judiciales del país, abogados y público en general que el Consejo Superior del Poder Judicial estableció en la suma de ¢ 379.400.00 (trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos colones  exactos), el salario base que servirá como parámetro durante el 2013 para la determinación  de diversas penas establecidas en el Código Penal, así como otras multas e impuestos contenidos en normas que utilizan este mismo salario como referencia.

El acuerdo se tomó en la sesión 107, este martes 11 de diciembre y se encuentra pendiente de publicación en La Gaceta.  Tiene como fundamento lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, que transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:

Artículo 2.- La denominación "salario base", contenida en los artículos 209, 212, 216 y 384 del Código Penal, corresponde al monto equivalente al ...

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También el Registro de Personas Jurídicas emite circular sobre el timbre agrario

El Registro de Personas Jurídicas emitió la Circular DRPJ-008-2012 sobre la aplicación de las nuevas regulaciones contenidas en el artículo 14 reformado de la Ley de Creación del Timbre Agrario, No. 5792.

Si desea conocer su contenido descárguela a continuación:   CIRCULAR DRPJ-008-2012Nos permitimos resumir algunos aspectos que sobre este tema nos parece importante destacar.FECHA A PARTIR DE LA CUAL APLICAN NUEVAS DISPOSICIONES

Se establece como fecha de entrada en vigencia, el viernes 30 de noviembre, es decir, al día siguiente  de publicación de la Ley No. 9036 de Transformación del IDA en el INDER, y no el propio 29 de noviembre como lo definen tanto el Registro Inmobiliario como el de Bienes Muebles.

En segundo término se establece que por la naturaleza constitutiva del Registro de Personas Jurídicas,  el hecho generador a partir del cual corresponde la aplicación de las reformas al timbre agrario, l...

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Registro Inmobiliario emite circular sobre nuevas regulaciones del timbre agrario

Como ya es del conocimiento de todos, entraron a regir la semana pasada nuevas regulaciones relativas al pago del timbre agrario en actos registrales tanto de bienes muebles, como inmuebles y de personas jurídicas.

Ya les habíamos informado las disposiciones particulares tomadas por el Registro de Muebles en cuanto a estas modificaciones (Ver nota de la semana pasada). Ahora lo ponemos al tanto de los resuelto por el Registro Inmobiliario. En comentario aparte nos referimos a lo regulado por el de Personas Jurídicas.

En una completa circular de más de siete folios, el Registro Inmobiliario se refiere a muchos aspectos que los registradores deberán tomar en cuanta ahora: desde la necesidad de tener por sustituido el nombre del IDA por el nuevo INDER en todos los bienes y obligaciones pertenecientes a dicha institución como el procedimiento para la inscripción de trámites mediante exhorto.

Mencionaremos a continuació...

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