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Aplicación de la DNN permite constatar pertenencia del papel notarial

La Dirección Nacional de Notariado ha puesto a disposición de los notarios y del público en general,  una herramienta informática que permite constatar si un folio de seguridad pertenece efectivamente a un notario, la fecha de retiro de dicho folio así como otra información de referencia del fedatario.

Solamente ingrese al siguiente link y digite el código que aparece en el margen inferior derecho de cada folio particular (no incluya el carné del notario, ni guiones)

http://www.dnn.go.cr/ConsultaPublica/ConsultaHojasSeguridad.aspx

Para descargar el aviso de la Dirección Nacional de Notariado haga clic a continuación:

http://www.masterlex.com/descargas/PuntoJuridico/2015/Diciembre/COMUNICADO_Papel_Seguridad.pdf...

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Nuevos tramos para determinar impuesto a las viviendas de lujo

Del Ministerio de Hacienda se publicó hoy en La Gaceta, el Decreto Ejecutivo No. 39399-H con los tramos de la escala que según el artículo 5 de la Ley 8683, mejor conocida como Ley de Impuesto a las Casas de Lujo, regirán a partir del próximo 1 de enero, para la determinación del monto a pagar por concepto de este tributo.

Como primer punto se establece que los bienes inmuebles de uso habitacional con valor inferior a  ¢126,000,000.00 estarán exentos del pago de este impuesto.    Durante el presente año 2015, dicho límite estaba fijado en ¢128,000,000.00

Así quedan por consiguiente los nuevos tramos a ser aplicados en forma escalonada según sea el valor de la vivienda:

ESCALÓN TARIFA A APLICARHasta ¢315.000.000,00 0,25%Sobre el exceso de ¢315.000.000,00 y hasta ¢632.000.000,00 0,30%Sobre el exceso de ¢632.000.000,00 y hasta ¢946.000.000,00 0,35%Sobre el exces...

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Horario de vacaciones de algunas instituciones del país

 Para su conocimiento, nos permitimos indicarle a continuación el horario de vacaciones de algunas  instituciones del país para este fin de año:

Nombre de la institución

Último día de trabajo

Reinicio de labores

Archivo Nacional

Viernes 18 de diciembre

Lunes 4 de enero de 2016

Definen «salario base» que regirá en el 2016 para la aplicación de penas, multas, etc

Mediante Circular del Consejo Superior del Poder Judicial, se comunica a todas las autoridades judiciales del país, abogados y público en general que el Consejo Superior del Poder Judicial estableció en la suma de ¢424.200.00 (cuatrocientos veinticuatro mil doscientos colones exactos), el salario base que servirá como parámetro durante el 2016 para la determinación de diversas penas establecidas en el Código Penal, así como otras multas e impuestos contenidos en normas que utilizan ese mismo salario como referencia.

El acuerdo se tomó en la sesión 108 el pasado 10 de diciembre y se encuentra pendiente de publicación en La Gaceta.Tiene como fundamento lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, que transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:Artículo 2.-

La denominación “salario base”, contenida en los artículos 209, 212, 216 y 384 del Código Penal, corresponde al monto equivalente al salario bas...

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Honorarios por confección de contratos privados. Cambio de criterio

A partir de la entrada en vigencia del Arancel de Honorarios que rigió entre mayo de 2011 y agosto del presente año (Decreto Ejecutivo 36562-JP), surgió la duda sobre la correcta interpretación del artículo 57 relativo a la confección de contratos privados.    La inquietud se debió a que dicho numeral ordenaba   la aplicación del 50% de las tarifas correspondientes a laborales de abogado, en lugar de aplicar las tarifas generales de notario, como había sido la regla hasta ese momento.

Valga decir que el texto de dicho numeral 57 es exactamente el mismo que aparece actualmente en el Arancel vigente que entró a regir el pasado 13 de agosto de 2015 (Decreto Ejecutivo 39078-JP).

La aplicación literal de lo establecido en este artículo 57 provoca que un abogado que confecciona un contrato privado en papel simple devengue aproximadamente cinco veces más  de honorarios que lo que le correspondería cobrar a un notario...

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Rige a partir de enero, aumento en cuota del Fondo Notarial

Según habíamos informado hace algunos meses en este blog, a partir del próximo 1 de enero se incrementa la cuota que mensualmente deben pagar al Fondo de Garantía Notarial, los notarios activos del país.

Es así que la cuota de ¢7,016 que rige desde el año 1998 con la promulgación del Código Notarial aumenta a ¢12,500 este enero.

Así se encuentra establecido en el acuerdo 2015-016-007 del Consejo Superior Notarial

Expresamente se advierte que todos aquellos notarios que hubieren adelantado el pago de sus cuotas con posterioridad al 1 de enero de 2016, deberán completar el monto pagado partiendo de la nueva tarifa.

Si desea más información sobre el tema ingrese a nuestra nota: http://www.puntojuridico.com/cuota-del-fondo-notarial-aumentara-a-partir-de-enero-2016

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En trámite, nuevo proyecto de Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas

El Presidente Luis Guillermo Solís presentó a la corriente legislativa, el pasado 2 de diciembre, el proyecto de Ley No. 19818, consistente en una nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas.  La norma derogaría totalmente la Ley 9024, que como sabemos, fue declarada parcialmente inconstitucional, lo que eliminó el cobro del tributo a partir del próximo 2016.

Para conocer el texto completo haga clic a continuación DESCARGAR PROYECTO 19818

Nos permitimos a continuación algunos breves comentarios.

PERIODOS DE GRACIA

Entre los transitorios del proyecto de ley vale mencionar un plazo de gracia de tres meses para todas aquellas sociedades que se encuentren morosas, para que cancelen las sumas adeudadas sin pago de intereses, ni multas.  Además se conferiría un nuevo plazo de seis meses para que las sociedades que hayan estado inactivas ante la Tr...

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Conozca el texto del nuevo Código Procesal Civil

El Dr. Sergio Artavia, profesor universitario y reconocido especialista en materia civil, contenciosa y arbitral, gentilmente nos facilitó el texto aprobado por el Plenario Legislativo del nuevo Código Procesal Civil, el cual regirá a los treinta meses de su publicación en La Gaceta.

VER TEXTO NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL

En octubre de 2013, publicamos algunos comentarios del Dr. Artavia,  sobre la redacción que tenía el proyecto de ley en aquel momento. Si bien se mantienen vigentes algunos de los temas analizados, don Sergio se ha ofrecido para brindarnos una versión más actualizada de los mismos. En cuanto nos la haga llegar, la publicaremos en este medio para el conocimiento de todos los interesados.

http://www.puntojuridico.com/sobre-el-nuevo-codigo-procesal-civil-2013/http://www.puntojuridico.com/sobre-el-nuevo-codigo-procesal-civil-parte-ii/...

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