IMPORTE A PAGAR DEL IMPUESTO A LAS PERSONAS JURÍDICAS 2020
El Ministerio de Hacienda inició a partir de ayer, 1 de enero, el cobro del impuesto a las personas jurídicas del período 2020. Las sociedades obligadas contarán con plazo hasta el próximo 31 de enero para cumplir con este pago, sin intereses ni multas.
De acuerdo con la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, Ley No 9428, la tarifa que anualmente deberán pagar las sociedades utilizará como referencia el salario base mensual que se establece en el artículo 2 de la Ley N.º 7337. El Consejo Superior del Poder Judicial fijo dicho salario base en la suma de ¢450.200,00 (cuatrocientos cincuenta mil doscientos colones exactos) para el presente período.
Por consiguiente, el importe anual que deberán pagar las sociedades mercantiles dependiendo de los ingresos brutos declarados en el período fiscal 2018-2019, o según sean o no contribuyentes, será el siguiente:
1.Sociedades no inscritas en el RUT como contribuyentes del impuesto sobre la renta o sociedades declarantes pero no contibuyentes en el impuesto sobre la renta, pagan un 15% del salario base, a saber, la suma de ¢67,530
2.Sociedades inscritas en el Régimen de Tributación Simplificada, sociedades inscritas como contribuyentes del impuesto sobre la renta que declaran ingresos (casilla No. 35) en cero o sin actividad, sociedades inscritas que hayan declarado ingresos brutos menores a 120 salarios base, es decir, inferiores a ¢54,024,000 colones, pagarán el 25% del salario base a saber la suma de ¢112,550.00
3. Sociedades con ingresos brutos mayores de 120 salarios base pero inferiores a 280 salarios, es decir, inferiores a ¢126,056,000 pagan el 30% del salario base, a saber la suma de ¢135,060.00
4. Sociedades con ingresos brutos mayores a 280 salarios, pagan el 50% del salario base , a saber la suma de: ¢225,100,00
5. Sociedades nuevas que se inscriban: Les corresponderá pagar proporcionalmente a los días que resten entre la fecha de su efectiva inscripción registral y el último día del período 2019 (31 de diciembre), partiendo del importe de ¢67,530
Entes de recaudación: Bac San José, Banco de Costa Rica, Banco BCT, Davivienda, Banco Nacional, Banco Desyfin, Banco Lafise, Scotiabank, Soctiabank Tranformándose, Promérica, Banco Improsa, Banco Cathay, Banco Geeral, Banco Prival, Teledólar, Grupo Mutual Alajuela, Cruz Roja Costarricense, Tiendas Ekono, Servimás y BN Servicios.
Emmanuel • 07 marzo, 2021
Buenas. Tengo una situación en la que una sociedad anónima inactiva en propiedad de un familiar ya tiene acumulados 3 periodos sin pagar. Esto se dio por descuido de la persona, pues no se desea la disolución, porque tiene inmuebles registrados. El último periodo se venció en teoría en enero de este año, pero sigue apareciendo la opción de pagarlos. La pregunta es, si puedo pagarlos y evitar el proceso de disolución, o en este punto es ya algo inevitable. Gracias.