Notarios podrán realizar matrimonios de personas del mismo sexo

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El Dr. Herman Mora nos ofrece esta oportuna reflexión sobre un tema que ha generado mucha polémica en las últimas horas.  Agradecemos mucho su aporte a este blog.

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«Impactante, y de acatamiento obligatorio para 20 países de América Latina». (Países del Sistema Interamericano de Derechos Humanos). Así puedo definir la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ordenó a Costa Rica, garantizar los mismos derechos que tiene la pareja convencional, a las parejas del mismo sexo. Si bien no es una sentencia, sino un dictamen, lo emitido por la Corte en razón de una consulta, igualmente cuenta con rango de acatamiento obligatorio para los países indicados.

Esto posibilita el derecho  de casarse, así como trasmitir los mismos beneficios patrimoniales, incluyendo además la facultad de heredar y de adoptar dentro de  las uniones de personas del mismo sexo. (LGTB)

El dictamen comunicado el día 9 de enero del presente año, no afecta  a estados como Colombia, Argentina, Brasil, Uruguay y México (algunos estados) que ya garantizan dichos derechos.

La resolución fue emitida por la Corte,  a instancia  de  Costa Rica, cuyo gobierno solicitó evacuar el asunto mediante consulta que hiciera en mayo del año pasado a dicho organismo.

La exigencia contra los países incluye la obligación de  garantizar  el derecho, sin tener que esperar el correspondiente trámite de reforma legislativa. Lo que implica que tendrá facultades el Poder Ejecutivo de regular los alcances de la resolución por   medio de decreto. Esto por cuanto la resolución de la Corte, tiene rango superior a la ley  y es como se indicó, de acatamiento obligatorio para los países de América.

El artículo 7 de la Constitución Política dicta.

Artículo 7.– Los  tratados  públicos,  los  convenios  internacionales  y  los  concordatos  debidamente  aprobados  por la Asamblea Legislativa, tendrán desde su promulgación o desde el día que ellos designen, autoridad superior a las leyes. 

Los  tratados  públicos  y  los  convenios  internacionales  referentes  a  la  integridad  territorial  o  la  organización política del país, requerirán aprobación de la Asamblea Legislativa, por votación no menor de las tres cuartas partes de la totalidad de sus miembros, y la de los dos tercios de los miembros de una Asamblea Constituyente, convocada al efecto.  (Reformado por Ley No. 4123 de 30 de mayo de 1968). 

 Significa que los notarios públicos contarán con la competencia de realizar matrimonios  de personas del mismo sexo, al igual que los funcionarios públicos obligados a ello. Por supuesto que los notarios podrán negarse a efectuarlos si consideran que tal actuación riñe con sus creencias.  Tal negativa, en mi criterio,  debe ser procedente también  para los oficiantes de la Iglesia Católica, en caso de así considerarlo estos.

Además obliga a los Estados a dotar de un trámite expedito, con el fin de facultar  a las personas que deseen variar su  sexo inscrito en el Registro Civil (o Registro de las personas), pueda hacerlo. Esto sin necesidad de tratamientos hormonales, ni intervenciones quirúrgicas sino, mediante  la auto percepción, o autoidentidad de sexo, es decir la auto concepción sexual que el individuo tiene de si mismo. Esta información deberá ser  tratada como el secreto propio de un  dato sensible. No conlleva lo anterior, ningún tipo de fugacidad o no dotaría la posibilidad de evadir responsabilidades civiles o patrimoniales, ya que la persona sigue siendo la misma, lo que cambi es su sexo en el Registro.

Sí llama la atención que no exista límite para la registración del cambio en cuanto a la cantidad de ocasiones que quieran hacerlo, lo cual podría abrir la puerta a fin de que de manera antojadiza un individuo permanentemente, es decir sin límite alguno, pueda optar por cambiar la registración de su sexo.

Resolución aclamada por algunos y satanizada por otros, es ahora una realidad de acatamiento obligatorio, como pocas ocasiones ha ocurrido, para la mayoría de los países del Sistema de  Interamericano de Derechos Humanos.»

 

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Experto en Derecho Notarial. Coredactor del Código Notarial. Redactor del Libro Manual de Derecho Notarial. Miembro de la Academia Notarial Americana. Profesor universitario en varias universidades de América Latina.Master Lex no hace necesariamente suyas, las opiniones o comentarios que se publican en este foro. Ofrecemos el espacio como un servicio a nuestra comunidad de suscriptores. No se admiten comentarios contrarios a las leyes o injuriosos. Nos reservamos el derecho de eliminar aquéllos que consideremos inapropiados, así como de editar o eliminar cualquier documento, información u otro componente que aparezca en esta publicación. La veracidad de la información es responsabilidad de las fuentes citadas.

19 de 19 Comentarios

  1. Herman Mora • 18 enero, 2018

    Estimado Luis.

    No no me preocupa. El notario puede abstenerse si atenta contra sus convicciones morales o bien creencias. Como por ejemplo un notario que piense que la unión matrimonial es para siempre, puede abstenerse de celebrar divorcios. Se llama excepción de conciencia y cuenta con rango constitucional. No creo que sea algo para preocuparse.

  2. LUIS SALAS • 17 enero, 2018

    Me preocupa, Dr. Mora, asumiendo el escenario en que el TSE y el Registro Civil instrumenten administrativamente la decisión CIDH y consideren legal este tipo de unión, que una negativa de un Notario a celebrar el matrimonio se tenga como un incumplimiento al artículo 6 del Código Notarial, en tanto se estime por la DNN que la objeción por motivos religiosos no es causa justa para no cumplir con su función notarial frente a quienes se lo requieren, lo que conllevaría la aplicación del régimen disciplinario.

  3. Luis Sanchez • 17 enero, 2018

    He escuchado y leído toda clase de comentarios sobre el tema, y más que deseos de debatir, sostengo que el tema ha sido tergiversado. De alguna forma, me parece que ni unos ni otros conocen las implicaciones que guardan los secretos deseos de cada parte.

    Por un lado, quienes anhelan este cambio normativo, solo tienen un argumento: igualdad. El término me parece odioso en cierto sentido, puesto que tratar de igualarnos es como una paradoja.

    Deseamos ser individuos con personalidades propias y únicas, pero a la vez iguales.
    Decia Nietzsche: La injusticia no está nunca en los derechos desiguales; sino en reclamar derechos «iguales»

    Y ademas postulaba: «Para los iguales igualdad, para los desiguales desigualdad.»

    Tantos y tantas veces ignoradas las vejaciones de aquellos que pensaron diferente e hicieron la diferencia, y sin embargo, se explica de manera simplista el logro de esos mismos que fueron ejemplo.

    Decir que no soy capitalista porque no tengo dinero es como querer repirar oxigeno dibujado. El hombre siempre sera distinto de todo aquello que desprecia, haciendo espejo de su propio reproche, por la razon que fuere, es solamente una manera de convertirse en monstruo.

    Y como ultima cita de Nietzsche:

    Quien con monstruos lucha cuide de convertirse a su vez en monstruo. Cuando miras largo tiempo a un abismo, el abismo también mira dentro de ti.

  4. MARIA LOURDES DELGADO JIMENEZ • 15 enero, 2018

    Buenas tades, donde puedo conseguir el texto completo del pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por favor que alguien me ayude para leerlo y estar segura de lo que dice.

  5. Herman Mora • 13 enero, 2018

    Soy de la idea que debe existir un pronunciamiento por parte del Poder Ejecutivo, girando instrucciones principalmente al Registro Civil.
    Saludos.

  6. Herman Mora • 13 enero, 2018

    No se preocupe estimado.
    Respeto lo que opines. y Al contrario del sector (que también me consulto) que celebra la decisión. Pienso que cada notario es libre de desistir de confeccionar el instrumento, si atenta contra sus creencias.
    Es, también, un derecho humano.
    Saludos.

  7. Herman Mora • 13 enero, 2018

    EL TAMAÑO DE MI ESPERANZA.
    Si por un momento, en algún momento, pudiese conversar … con Jesús. ¿Que le diría?
    Creo en Lincoln y la liberación de los esclavos. Creo en Gandhi y la protesta silenciosa. Porque el silencio es el idioma que habla Dios. Creo que si seguimos la ley de la revancha, todos terminaremos siendo ciegos. Creo en Jesús y su doctrina del amor. Porque tengo un sueño. Yo también tengo un sueño. Que es; una humanidad respetuosa, compasiva y solidaria. Opinemos menos. Amemos más.
    Pocas veces se ha partido tanto nuestra sociedad como con ocasión al recontraconocido pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. No solo aquí en Costa Rica. Sino también en otras latitudes. Un impacto hemisférico.
    Es frecuente que el ser humano, que cuando exalta una virtud, oculte detrás, allí escondido, un defecto. Cuando un individuo proclama ser muy sincero, por ejemplo, es frecuente que también sea grosero.
    De las bocas bendecidas he escuchado las peores maldiciones. Se debe recordar que en la edad media se inmolaban seres exaltando el nombre de Dios. América fue avasallada a punta de espada y cruz.
    La experiencia nos enseña, que las parejas heterosexuales, especialmente en la actualidad, no siempre demuestran ser el ejemplo a seguir. Atrocidades hay por doquier. Defender la familia tradicional está bien, pero no siempre son el vivo retrato de la sagrada familia. Los datos lo demuestran.
    La fe es casi una opinión espiritual. Y como opinión … cada quien tiene la suya. Lo que corresponde es respetarla. No podemos enarbolar la peregrina idea de creer tener la razón, en algo tan individual como la fe. No siempre corresponde pretender salvar al prójimo de mi averno exclusivo.
    Dar más abrazos y compra menos cosas. Opinar menos. Amar más. Respetar. Que mi expresión es la minúscula idea, de un individuo, nacida de un espíritu, una conciencia y una neurona, que emerge según un momento y lugar. No. Crearlo, no es, lo que yo opino una ley universal. Ni tampoco debe ser la idea que avala Dios, solo porque así yo lo creo.
    Ya una vida tiene suficiente afán para involucrase con otras, dictaminando como deben vivirlas.
    Como es lógico suponer … si lograra conversar con Jesús, guardaría silencio. Solo escucharía. Y pienso que sus palabras serían, de amor, respeto, tolerancia y perdón. No de condena, juzgamiento, crucifixión. Eso ya ocurrió. ¿Quien lanzaría la primera piedra?

    • Leda Mora Morales • 15 enero, 2018

      Excelente su reflexión!!

    • Lissette Jiménez • 16 enero, 2018

      Que buena reflexión Licenciado Mora. También creo que cada notario debería tener la libertad de decidir si autoriza este tipo de actos o no, de acuerdo a su conciencia y fuero interno.

  8. JUAN JOSE LEON • 12 enero, 2018

    15 o 20 mil homoxesuales organizados, no deben exigir igualdad de trato que la pareja heterosexual, que si pueden concebir, y que por lo tanto , esa institución, no por el hecho de ser una pareja heterogénea, si no por las posibilidades de traer nuevas generaciones que vienen a rejuvenecer a la sociedad, si deben recibir la tutela del Estado. Pero que bien le hace a la sociedad que dos homoxesuales compartan vida en común?

  9. JUAN JOSE LEON • 12 enero, 2018

    No soy homofóbico, pero un matrimonio homosexual no lo hago por nada, tampoco soy un religioso, es que creo ridículo hablar de MATRIMONIO, homosexual, además tengo mis sospechas de la obligación a cumplir con una consulta, se que las sentencias sí son de acatamiento obligatorio, además dudo de la legitimidad que se arrogó la vicepresidenta para en nombre del estado hacer una consulta. Sí comparto la necesidad social de regular aspectos de la relación.

  10. Mario Jiménez • 12 enero, 2018

    Una cosa lo que dice ede sexteto de jueces, otra lo que opine una nación, otra la flaqueza moral del columnista como si fuera la verdad de un gremio y otra es lo que yo decida!. Jamás lo haré…prefiero entregar el protocolo antes de rendir tantos años de esfuerzo, fatiga y hasta lágrimas para ser custodio de un protocolo a la disposición de este sector de la población. Lo siento Morita…conmigo y en este comentario no la pegaste!

  11. Mario Buzo C • 11 enero, 2018

    Creo que prudencia, El mismo Registro Civil aún no sabe del procedimiento que vá a seguir y está esperando la resolución del Poder Ejecutivo.- Éste mismo lo está analizando como proceder. Muchoa tienen duda del grado de vinculancia que tiene esa resolución ya que aborcó muchos matices, que inclusó en tesis de principio estará derogando artículos de varios Código y Leyes.

  12. hugo • 11 enero, 2018

    Me parece que no es así tan sencillo -como lo desean algunos, de que la resolución de la Corte aplique ipso iure, por esto: los tratados y las resoluciones internacionales lo que hacen es establecer y definir parámetros de maniobravilidad política para que las legislaciones suscribientes modifiquen a lo interno su escenario político normativo. Es cierto que los Tratados internacionales están, en jerarquía, por encima de la constitución pero eso a que ya se puedan hacer matrimonios de personas homosexuales así como así y sin que haya un basamento legal interno no lo veo tan fácil como lo hace ver el columnista y más bien se torna arriesgado. en todo caso habría que ver que nos dice la sacrosanta Dirección de Notariado al respecto. De seguro ésta se pronunciará diáfana dándonos el norte a seguir.

  13. Victor • 11 enero, 2018

    Es importante para las colegas, que estamos en un país de legalidad, por lo que con todo respeto, les sugiero prudencia, mucha prudencia, es mejor esperar a que el Registro Civil indique el nuevo procedimiento a seguir en relación con esos matrimonios.
    O en su defecto, que la legislación sea adecuada a las nuevas circunstancias.

  14. Herman Mora • 11 enero, 2018

    No Aun no.

  15. Herman Mora • 11 enero, 2018

    No. En mi opinión no se puede autorizar aun, un matrimonio de personas del mismo sexo. Debe pronunciarse la autoridad administrativa por medio de un decreto, reglamento, lineamiento, circular etc.

  16. Raquel Reyes • 10 enero, 2018

    Quisiera saber entonces si por estar de acatamiento obligatorio e inmediato, se puede efectuar un matrimonio entre personas del mismo sexo hoy mismo, sin esperar que se hagan los ajustes legales necesarios en registro civil y otras entidades? Gracias

    Raquel Reyes

  17. KAREN LÓPEZ JARA • 10 enero, 2018

    a partir de cuando pueden los notarios realizar estos matrimonios?