Nuevas políticas de fiscalización del ejercicio notarial
Nos permitimos poner a su disposición este texto que gentilmente nos fuera compartido por la Dirección Nacional de Notariado. Tomar cuenta que estas nuevas políticas entrarán a regir un mes después de su publicación en el diario oficial, la cual todavía no se ha producido.
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( Publicado en el Diario Oficial La Gaceta Alcance 57 del 15 de marzo de 2019 )
El Consejo Superior Notarial, de la Dirección Nacional de Notariado
en Sesión Ordinaria celebrada el 07 de febrero de 2019, mediante acuerdo firme 2019-003-007 del Acta 2019-003, aprobó las siguientes
“POLÍTICAS DE FISCALIZACIÓN NOTARIAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
PRESENTACIÓN
Con la entrada en vigencia del Código Notarial, Ley 7764 el 17 de abril de 1998 y sus reformas, se crea la Dirección Nacional de Notariado como un órgano de desconcentración máxima del Ministerio de Justicia y Paz, otorgándosele autonomía administrativa, presupuestaria y funcional.
De acuerdo con los artículos 23 y 24 de ese cuerpo normativo, la Dirección Ejecutiva de la Dirección Nacional de Notariado tiene, dentro de sus facultades, la fiscalización del ejercicio de la función notarial, por lo que le corresponde realizar acciones dirigidas a la vigilancia y control del notariado, que propicien que los notarios ejerzan de la mejor forma la función de la que son depositarios.
En ese contexto, al Consejo Superior Notarial, como máximo jerarca y en ejercicio de su competencia de supervisión y control del notariado costarricense, le corresponde generar las políticas fundamentales que servirán de norte para la ejecución de la potestad fiscalizadora de la Dirección Ejecutiva, con el apoyo de la Unidad de Fiscalización Notarial.
Las Políticas que se plasman en este acuerdo buscan concordar los recursos humanos y materiales puestos a disposición de la Dirección Nacional de Notariado, para que ejerza el control otorgado por el legislador como un instrumento generador de seguridad jurídica y paz social, incorporando una serie de objetivos concretos, que revelan las prioridades establecidas en el control de la prestación del servicio notarial, orientados a procurar, promover y potenciar el correcto ejercicio de la función notarial a través de la detección de oportunidades de mejora, la capacitación continua, y el combate a la delincuencia y corrupción.
CONTENIDO
I. VISIÓN ESTRATÉGICA INSTITUCIONAL
II. MARCO NORMATIVO
III. NATURALEZA JURÍDICA DE LA FISCALIZACIÓN NOTARIAL
IV. OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN NOTARIAL
V. PARÁMETROS DE FISCALIZACIÓN NOTARIAL
VI. PREVENCIONES Y SUBSANACIONES
VII. EVALUACIÓN DE RESULTADOS
I. VISIÓN ESTRATÉGICA INSTITUCIONAL
La Dirección Nacional de Notariado es la institución rectora que, mediante talento humano y recursos idóneos, regula la función notarial costarricense en procura de seguridad jurídica.
En su planificación estratégica se ha propuesto ser una institución de excelencia y referente en el campo de la seguridad jurídica.
Para materializar esa visión se han establecido como objetivos estratégicos:
1. Fortalecer el ejercicio de la función notarial.
2. Brindar servicios de calidad.
3. Posicionar una imagen de excelencia de la institución.
4. Impulsar el uso de las tecnologías de información.
5. Desarrollar el talento humano.
Humberto • 26 mayo, 2019
Buenas. Lic. Silvia Pacheco
Tengo una consulta que si pueden analizar un posible caso de fraude de propiedades, traspasos irregulares y otros. Pueden llevar casos en los tribunales de la zona sur y mediante el contrato de cuota litis.
Saludos,
Humberto