Publican Reglamento a la Ley de Impuesto al Valor Agregado

Con vigencia a partir del próximo 1 de julio, aparece hoy en el Diario Oficial La Gaceta, el Reglamento a la Ley de Impuesto al Valor Agregado, Decreto Ejecutivo No. 41779 que deroga en su totalidad el  Reglamento de la Ley del Impuesto General sobre las Ventas de noviembre de 1982. Como ya es conocido, […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

6 de 6 Comentarios

  1. Miguel Hernández • 19 junio, 2019

    Y el Reglamento de Impuesto Sobre la Renta, para cuándo?
    Cómo procedemos con la declaración de Renta 2018?
    Qué hacer con las variaciones estipuladas en la Ley 9635, sobre todo en materia de empresas que tienen por actividad el alquiler de bienes inmuebles?

  2. leyden briceno • 19 junio, 2019

    Hola Como o que se esta pensando para aquellos clientes que viven fuera del pais y que no pueden venir al pais, tema de las acciones

  3. Cristian Z • 19 junio, 2019

    Tengo una duda sobre el IVA, en el Reglamento se menciona que no están sujetas al Impuesto sobre el Valor Agregado los traspasos de bienes inmuebles y muebles registrales gravados con el impuesto a la transferencia de acuerdo a la Ley N° 6999, Ley del Impuesto de Traspaso de Bienes Inmuebles. Pero, el servicio prestado por el Notario o Abogado si está afecto al cobro del IVA. Esto se refiere a que el vendedor de un bien mueble o inmueble no pagará el IVA (pero si por Ganancia del Capital); pero, el Notario si cobrará el 13% del IVA sobre los honorarios a cancelar?