¿Qué hacer ante la escasez de estampillas de timbre fiscal?

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Muchos notarios y abogados están preocupados porque se encuentran prácticamente agotadas las estampillas de timbre fiscal en los puestos de venta de todo el país.  En el Banco de Costa Rica nos confirman que efectivamente es muy poco lo que queda.   ¿Qué hacer ante la escasez de estampillas de timbre fiscal?

En mayo del 2016, el Ministerio de Hacienda publicó el Decreto Ejecutivo No. Nº 39529-H mediante el cual comunicó  la consolidación del cobro electrónico como único medio para la recaudación del timbre fiscal.  Expresamente señaló que se formalizaría con los bancos recaudadores de impuestos, «… un mecanismo electrónico que permitiera el cobro de dicho timbre de forma simple y unificada,  aceptable y comprensible para todas las instancias obligadas a exigir el pago de timbres fiscales en sus trámites.»  (Ver al respecto nuestra nota Desaparecerá estampilla de timbre fiscal)

Lamentablemente al día de hoy no existe dicho mecanismo y los colegas que han intentado tramitar sus documentos haciendo constar el pago de los timbres con vista en los enteros pagados directamente por ellos a través de la Oficina Virtual del Banco de Costa Rica en el sistema www.bancobcr.com, no siempre han encontrado que los reciben en las instituciones públicas.

El problema es que a diferencia de lo que ocurre con los enteros pagados para la  inscripción de documentos en el Registro Nacional,  las demás instituciones no tienen forma de corroborar la existencia real de los enteros de timbres, tampoco tienen certeza en cuanto a si dichos enteros fueron utilizados anteriormente en la tramitación de otros documentos, y pareciera que aunque los notarios «den fe» de los timbres pagados con vista en los respectivos enteros,  no es suficiente garantía para ellas.

Por consiguiente, las instituciones están solicitando que el pago de los enteros de timbres se realice directamente en las sucursales del Banco de Costa Rica, a fin de que conste en ellos los respectivos sellos bancarios que comprueben su autenticidad.

En consulta a los encargados del sistema de tasaciones del Banco de Costa Rica nos señalaron que para facilitar la adquisición física de enteros de timbres en sus oficinas,  incorporaron recientemente al listado de opciones, las siguientes dos:

Certificaciones Notariales Registrales y Certificaciones Notariales NO Registrales, ambas se encuenran ubicada dentro de lo que se denomina  Registro 6, y se identifican con los números de acto 25 y 26 respectivamente.

Las primeras incluyen los siguientes timbres:

Timbre Registro Nacional ¢300
Timbre Fiscal ¢125
Timbre Archivo Nacional ¢5
Timbre Colegio Abogados ¢250

Las Certificaciones  no registrales contienen los mismos timbres con excepción del  Timbre de Registro Nacional.

El uso de estas dos nuevas opciones  solo se encuentran disponibles para los funcionarios bancarios que atienden en ventanilla, es decir que no aparecen en los listados de actos del sistema de tasaciones en www.bancobcr.com

Los notarios interesados en  estos enteros de timbres pueden adquirir varios ejemplares de una vez en las oficinas bancarias.

En cuanto a otros actos que requieren también el pago de timbre fiscal, como por ejemplo, contratos privados, declaraciones juradas,  tendrían que ser comprados directamente por los interesados en las sucursales del Banco de Costa Rica, mediante indicación a los funcionarios en ventanilla, de la cantidad total que necesitan comprar.

Esperemos que muy pronto el Ministerio de Hacienda cumpla su promesa de implementar un mecanismo que le permita a los interesados,  pagar lo correspondiente a estos timbres fiscales de forma electrónica sin tener que acudir a las entidades bancarias a hacerlo de forma física.  Sin duda un grave retroceso en la eficiencia y agilidad que las notarías y  despachos de abogados deben tener en su gestión.

 

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

11 de 11 Comentarios

  1. Rosy • 04 julio, 2018

    Ayer, 3 de julio presencié algunos usuarios que tuvieron que ir al BCR por su entero para obtener una certificación de nacimiento de sus hijos. ¡ Cuánto vale el tiempo de una persona y este Estado se da el lujo de desperdiciarlo de esta manera! Me parece que la asociación del Registro que ha sido la que ha vendido timbres todo el tiempo en una oficina ahí mismo, debería comprar cierta cantidad de enteros de esos timbres y tenerlos a disposición de los usuarios. Este blog es de enero, vean el colmo!

  2. Rosibel Quesada • 31 mayo, 2018

    Ya está habilitada en la pagina del BCR la posibilidad de pagar en línea certificaciones notariales, poderes etc. Existe alguna directriz de como indicar el pago en el documento? Basta con adjuntarle la impresión del pago o es necesario alguna nota en el documento?

  3. EddY Vengas López • 14 mayo, 2018

    Hoy fui al Banco de Costa Rica a comprar 30 enteros de timbre fiscal, de 125 colones y me dijeron que solo veinte podían vender, solo de veinte en veinte si quería más tenia que volver hacer la fila.osea cada veinte tenia hacer fila de nuevo

  4. Erika Jiménez • 21 marzo, 2018

    La inoperancia de nuestras instituciones es increíble. Quisiera saber si ustedes nos pueden ayudar con la indicación a qué departamento podemos acudir en Hacienda para presentar opciones, como dijeron colegas por ahí, deberían de buscar soluciones como la emisión de boletas de timbres para certificaciones, o la modernización de los sistemas de enteros, que podrían generar un código de verificación que cualquier autoridad pudiera verificar en la web del Banco de Costa Rica.
    No es posible estorbar al tráfico jurídico forzándonos a ir a hacer filas a los Bancos para comprar enteros cuando hoy día con medios digitales todo se puede hacer con agilidad.
    Creo que esto amerita que nos unamos como gremio y exigirle a las organizaciones vinculadas, sea esta la DNN (que cómo dijo un colega no garantiza la función notarial colaborando con el gremio, desde cuándo esperamos acceso el padrón para poder verificar identidad y nada) o el propio Colegio de Abogados.
    Me parece que deberíamos enviar notas a la oficina respectiva de hacienda ofreciendo esas ideas, la boleta preparada como las que emite registro, las cuales pueden vender en Bancos o Correos, la implementación de un pago de enteros que genere un código o medio para ser verificado en la web del Banco, no puede ser que tengamos que andar como en la época de las cavernas.
    Doña Silvia si usted tiene el nombre del Departamento encargado o un correo, lo agradecería, yo sí estoy dispuesta a elevar mi queja y sugerencia.

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 22 marzo, 2018

      Estimada doña Erika, Nos indican en el Ministerio de Hacienda que pueden transmitir sus consultas a la dirección de correo electrónico: Infoyasistencia@hacienda.go.cr Se trata del Centro de Información Tributaria. Las solicitudes deben cumplir con los siguiente requisitos:
      • Identificación del solicitante: Nombre completo, número de identificación e imagen adjunta del último documento emitido original (No fotocopias);
      • En caso de solicitudes electrónicas: Señalamiento de correo electrónico para recibir notificaciones;
      • Solicitud firmada por el interesado: Es decir adjuntar la solicitud escrita, firmada por el solicitante y escaneada;
      • Tema y motivo de la solicitud: Exposición clara y precisa en la solicitud del motivo por el cual se requiere la información o actualización de datos.

      Telefónicamente lo que nos respondieron hace aproximadamente tres semanas fue que se estaba considerando eliminar por completo el cobro de sumas tan bajas de timbre fiscal. Sin embargo, elevamos la consulta más formal sobre el tema, pero a la fecha no hemos obtenido respuesta.

  5. Lilliana Angulo Viquez • 30 enero, 2018

    Esta tramitología que nos mata a los costarricenses, por esta razón este país no avanza, con tanto requisitos que día a día deben cumplirse y que muchas veces parecieran ocurrencias sacadas de la manga y puestas en practica, sin ningún fundamento, sin pensar en las consecuencias que la improvisación acarrea.
    Cuando iremos a entender en hacer más expeditos los procedimientos es ahorro de tiempo y recursos..
    Cada día es más difícil ejercer la profesión.

  6. Gino Cappella Molina • 27 enero, 2018

    Es increíble. Que el propio Estado se ponga trabas para la recaudación de impuestos. Yo no ejerzo el notariado pero sí requiero de timbres como todo abogado y ahora resulta que tengo que comprar entero por entero. Ahora dependemos del horario del banco, de que no haya fila, de que el cajero sepa de qué le estamos hablando porque no siempre están enterados del tema. Para muestra un botón. Intenten uds pagar el derecho anual para el certificado de navegabilidad. Si intenta el trámite en SJ, el cajero les dirá que no se puede. Si lo hace. En Puntarenas, lo harán sin problemas. En materia de burocracia entorpecedora , somos potencia mundial

  7. Fernan Pacheco • 26 enero, 2018

    Nuevamente vemos como temas de índole meramente fiscal interfieren con el normal ejercicio de una profesión y, en este caso, el comercio en general.

    Pienso no en los notarios, quienes estamos acostumbrados a actuar de recaudadores, sino en el público en general. El habitante de la zona rural que toma el día para obtener una certificación al Registro Civil. Ahí le dicen que tiene que caminar 300 metros a la agencia del BCR, hacer fila por media hora y pagar C13,50 en concepto de timbre fiscal! ¿Y cuanto le cuesta al banco destinar 5 minutos de un cajero a recaudar dicha suma? ¿Y cuanto cuesta el tiempo de todos nosotros?

    El problema se ataca desde la raíz, de forma urgente, se debe aprobar una ley derogatoria de impuestos menores tal y como se ha hecho en el pasado con el timbre forense. el Rehabilitación y Cultura, de la Cruz Roja, etc.

    Pienso en una solución práctica para “amarrar” la certificación con el pago del timbre en línea: este último debe referenciar el número de papel de seguridad en la cual se imprime la certificación; lo cual se complementa con la dación de fe notarial.

  8. Alejandra Barquero • 26 enero, 2018

    Definitivamente es una mala noticia. No es posible que por ¢200 o ¢300 un notario tenga que ir a una oficina del BCR porque «no tienen forma de corroborar la existencia real de los enteros de timbres, tampoco tienen certeza en cuanto a si dichos enteros fueron utilizados anteriormente en la tramitación de otros documentos..». Eso genera inversión de mucho más tiempo y de dinero, tomando en cuenta que generalmente las agencias del BCR están llenas. La DNN debe idear mecanismos para lograr eficacia de la función notarial, pero realmente su actuar es burocrático y represivo.

  9. Kika • 26 enero, 2018

    Es increíble como nos complican la vida, ir a hacer fila a un banco para adquirir unos timbres?? sólo falta que los bancos se aprovechen y nos cobren comisión como les encanta hacer.
    Se imaginan ir al Banco a pagar los timbres de una certificación del registro civil por ejemplo??
    Las instituciones deberían vender ellas mismas boletas de timbres por el monto que ocupan, y el banco o hacienda emitir boletas de timbres, como las que hace registro, para los notarios que las compraríamos gustosos por talonario para no estar haciendo filas en bancos.
    Es más, si quieren ser verdaderamente eficientes, esas compras se podrían tramitar y pagar en correos de CR como lo hacemos con el papel notarial.
    Es el colmo que eliminen un timbre y no brinden las soluciones para que podamos pagarlo de manera ágil y expedita.
    La otra es exonerar algunos actos de timbres, pero eso es pedir peras al olmo cuando el Estado tiene un déficit fiscal de más del 6%

  10. Edgardo Campos • 26 enero, 2018

    Muchas gracias Silvia por compartirnos estas malas noticias. En efecto, ni la DNN nos acepta los timbres pagados en la plataforma del BCR argumentando que ese convenio lo es solamente con el Registro Nacional; lo mismo sucede, por ejemplo, en la Casa Amarilla cuando se apostillan documentos. La lamentable respuesta de que solamente se pueden pagar esas opciones en la ventanilla del BCR es sin duda una afectación directa a la prontitud con que nuestros clientes nos exigen actuar. Ya es hora de migrar hacia los medios electrónicos de forma total y estas lamentables carencias nos complican nuestro trabajo diario. Qué dirá al efecto la DNN o el propio Colegio de Abogados!,. Me encontré en la página de la DNN lo siguiente: «La Dirección Nacional de Notariado garantizará la organización y fiscalización eficaces y oportunas de la función notarial costarricense». Palabras en el papel!.